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Arona 17 de Septiembre de 2008
La APMUN abre en Arona dos expedientes  por construir en suelo rústico y otro por construir sin licencia
La Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (AMPUN), ha abierto un expediente sancionador al promotor de una edificación de una planta de altura y semisótano, de unos 162 metros cuadrados de superficie total, construida en suelo rústico en Las Galletas, sin contar con la calificación territorial previa a la licencia municipal de obras.

Estos hechos son presuntamente constitutivos de una infracción tipificada y calificada de grave con multa de 6.010,13 a 150.253,03 euros.

Por otro lado, la APMUN ha ordenado la demolición de unas obras en Cruz de San Antonio, en Arona, por estar construidas sin la pertinente calificación territorial previa a la licencia municipal, tal y como establecen los artículos 27, 166 y 170 de la Ley de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales. Además, ha propuesto una multa de 78.000 euros al promotor.

Se trata de una edificación, con posible destino a garaje, situada en suelo rústico no categorizado como asentamiento rural o agrícola, de aproximadamente 220 metros cuadrados de superficie, y valorada por la APMUN en más de 147.000 euros.

Según anunció el BOC, el interesado tiene un plazo de quince días para alegar cuanto considere conveniente en su defensa ante la Agencia, así como presentar los documentos e informaciones que estime pertinentes. En caso de que reponga los terrenos al estado anterior a la comisión de la infracción, tendrá derecho a una reducción del 90 por ciento de la multa.

Finalmente, la agencia abrió un expediente sancionador a un ciudadano como presunto responsable de ejecutar en suelo rústico, también en Arona, sin las autorizaciones pertinentes, según el BOC.

Las obras, que están situadas en  Túnez consisten en la construcción de una edificación de tres plantas de altura y una superficie aproximada de 220 metros cuadrados. El valor de éstas asciende a 72.696 euros, conforme a valoración emitida por el organismo público.

Las obras afectadas se ejecutaron en suelo rústico no categorizado como asentamiento rural ni agrícola, sin título legitimante para la transformación e implantación de usos en suelo rústico (calificación territorial) y sin licencia urbanística.
La Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural considera que se ha cometido una infracción  grave, y por este motivo, el interesado dispone de un plazo de 15 días para aportar alegaciones, documentos o informaciones al respecto.

La APMUN además advierte al interesado que, si reconociera su responsabilidad o no presentase alegaciones dentro del plazo de 15 días sobre el contenido del acto administrativo por el que se inicia la incoación del expediente sancionador, dispondrá de un plazo de audiencia de quince días para alegar cuanto considere conveniente en su defensa, así como presentar los documentos e informaciones que estime pertinentes.

Si el ciudadano procede a la demolición por sí mismo en los términos que disponga la Administración tendrá derecho a la reducción en un 90% de la multa.