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Canarias 30 de Julio de 2008
Agricultura destina 550.000 euros a indemnizar a agricultores en zonas desfavorecidas
La medida, dentro del Programa de Desarrollo Rural de Canarias, cuenta con financiación de la Unión Europea a través del FEADER

La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Gobierno de Canarias convoca para el presente ejercicio ayudas destinadas a indemnizar a lo agricultores por las dificultades naturales en zonas de montaña y las dificultades especiales en zonas distintas a las de montaña, por valor de 550.000 euros. Así se recoge en la orden de 14 de julio de 2008, publicada el pasado día 24, que da a los interesados un mes de plazo para la presentación de solicitudes.

La solicitud y la documentación necesaria se presentarán ante la Consejería, en las Agencias de Extensión Agraria, y la competencia para instruirlas se ha delegado en la dirección general de Desarrollo Rural.

Esta medida, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Canarias 2007 - 2013, están financiadas por la Unión Europea en un 75% por ciento a través del FEADER, y el resto lo aporta la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Gobierno de Canarias.

La orden recoge una relación de municipios considerados zona desfavorecida de montaña, clasificados por Isla:

Tenerife: Arafo, Arona, Buenavista del Norte, Candelaria, La Laguna, La Matanza de Acentejo, El Rosario, San Miguel de Abona, Santa Cruz de Tenerife, Santa Úrsula, El Sauzal, Los Silos, Tacoronte, El Tanque, Tegueste y La Victoria de Acentejo.

Por otra parte, en el concepto de dificultades especiales en zonas distintas a las de montaña se incluye a los siguientes municipios:

Tenerife: Adeje, Arico, Fasnia, Garachico, Granadilla de Abona, La Guancha, Guía de Isora, Güímar, Icod de Los Vinos, La Orotava, Los Realejos, San Juan de la Rambla, Santiago del Teide y Vilaflor.

Los peticionarios deberán reunir los requisitos generales que se especifican en la citada orden, alusivos su carácter de persona física o jurídica titular de explotación agraria ubicada en el ámbito de la Comunidad Autónoma, estar al corriente de sus obligaciones tributarias y comprometerse a respetar la legislación medioambiental y de higiene.

Asimismo, es preciso que las explotaciones estén ubicadas total o parcialmente en los municipios incluidos en la lista de zonas agrícolas desfavorecidas que recoge la orden, y comprometerse a mantener la actividad agraria al menos durante los cinco años siguientes a la fecha de percepción de la ayuda.