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Canarias 23 de Noviembre de 2013
El Gobierno abona las ayudas
por catástrofes naturales
La aprobación en el Parlamento de Canarias de la Ley de crédito extraordinario de Canarias permite que 394 familias afectadas reciban
las ayudas por emergencia social.

La Consejería de Políticas Sociales del Gobierno de Canarias abona las ayudas a un total de 394 familias residentes en los diferentes municipios que se vieron afectados por los incendios o lluvias torrenciales acaecidos en las islas de Gran Canaria, Tenerife, La Palma y Lanzarote.

Tras la aprobación en el Parlamento de Canarias de la Ley de Concesión de crédito extraordinario, el Gobierno ya está abonando las ayudas por un total de 928.178,9 euros, procedentes de la concesión de crédito extraordinario a los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias, destinados a pagar las ayudas por emergencia social a las familias que se vieron afectadas por los diferentes fenómenos meteorológicos adversos ocurridos en los últimos años.
Se trata de ayudas que el Gobierno de Canarias reguló con carecer excepcional, a través de la aprobación de decretos, para mitigar los daños ocasionados por las inclemencias meteorológicas, y que ocasionaron la pérdida o la afección de los enseres básicos a familias, y que debido a la ausencia de crédito no pudieron ser abonadas en su momento.

Como se recoge en los diferentes decretos aprobados tras comprobar el efecto devastador de estos fenómenos meteorológicos, se estipula la concesión de ayudas teniendo en cuenta las cantidades que se hubieran percibido por este mismo concepto de otras Administraciones Públicas y con unos importes máximos de hasta 8.500 euros, para que las familias pudieran reponer los enseres dañados como muebles y elementos del equipamiento doméstico básico, con el fin de cubrir las necesidades esenciales de habitabilidad de la vivienda.

Los informes de los daños fueron realizados en virtud de las valoraciones efectuadas por el personal técnico de los Ayuntamientos y los Cabildos de las diferentes islas afectadas.