Para que pueda ser publicado su comentario, por favor escriba un nombre de autor
Los siguientes comentarios son opiniones de los internautas, no de eldigitalsur.
No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
eldigitalsur se reserva el derecho a eliminar los comentarios que considere fuera de tema.
No está permitido realizar publicidad a través de los comentarios
Los comentarios enviados no se publican siempre al instante, depende de la hora pueden tardar en publicarse.
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de esta página web, salvo autorización expresa de eldigitalsur.com. Asimismo, queda prohibida toda  reproducción a los efectos del artículo 32,1 párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad Intelectual.
eldigitalsur.com no se hace responsables por la opinión emitida por los colaboradores.
Publicidad
Canarias 21 de Junio de 2013
Canarias es la Comunidad autónoma
con un mayor número de pensiones
no contributivas
43.000 personas percibieron una pensión no contributiva en el mes de mayo.

"En mayo de 2013, un total de 42.716 personas estaban en nómina como perceptores de una pensión no contributiva en Canarias", informó la consejera de Políticas Sociales del Gobierno de Canarias, Inés Rojas, en sede parlamentaria donde intervino para informar sobre los perceptores de las Pensiones No Contributivas en el Archipiélago.

"De estas personas, 27.543 reciben una pensión no contributiva por Invalidez y 15.176 una pensión por Jubilación, con una media que ronda los 370 euros al mes", aclaró la consejera, quien explicó que las Pensiones No Contributivas son prestaciones económicas que se reconocen a aquellos ciudadanos que, encontrándose en situación de necesidad protegible, carezcan de recursos suficientes para su subsistencia, aun cuando no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo. Dentro de esta modalidad, se encuentran las pensiones de invalidez y jubilación.
"Este tipo de prestaciones coadyuvan a preservar la cohesión social entre la población", señaló la consejera.

Rojas explicó el procedimiento para solicitar una pensión no contributiva por Jubilación, en el que se debe de acreditar 10 años de residencia en el país, y los 2 últimos en la Comunidad autónoma de Canarias.

A este tipo de prestación pueden acceder las personas mayores de 65 años en situación de jubilación y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una Pensión Contributiva.

En el caso de las solicitudes de Pensión por Invalidez, para cuyo acceso se debe de acreditar 5 años de residencia y los dos últimos de residencia en Canarias, se destina a todos los ciudadanos en situación de invalidez y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios.

Procedimiento complejo
"Desde Canarias entendemos que se trata de un procedimiento muy complejo que retrasa los tiempos de resolución, por lo que sería oportuno simplificar la burocracia para poder mejorar los tiempos de espera, pero se trata de legislación básica del Estado" apuntó Rojas.

El proceso que se sigue en el trámite de expedientes de pensiones no contributivas, tanto de Invalidez como de Jubilación, comienza con la presentación de la solicitud por parte de la persona interesada en los servicios sociales municipales. Una vez llega la solicitud y demás documentos al departamento de Servicio de Gestión de Pensiones, se confecciona una carpeta del expediente y se da de alta a la solicitud, si procede.

A partir de este momento, se inicia un proceso de petición de documentación, una vez estudiado lo que se envía, que incluye una serie de cruce de información entre los diversos departamentos correspondientes como son el Instituto Nacional de Seguridad Social, el Servicio Canario de Empleo y el Catastro, así como diversos informes sobre identificación del solicitantes, certificado de residencia, sentencia de divorcio o separación, según proceda; datos bancarios, declaración de la renta, es decir, todo un conjunto de informes necesarios para la tramitación de los expedientes.

"Una vez culminado el procedimiento, se resuelve aprobar, denegar o archivar el expediente, según proceda, y su notificación a los interesados. De forma paralela, se traslada comunicación a la Tesorería de las altas en Asistencia Sanitaria de los pensionistas a los que se les ha aprobado su pensión", aclaró Rojas.