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Canarias 14 de Enero de 2013
Interpondrán tres recursos
de inconstitucionalidad contra normas estatales
El Ejecutivo plantea recurrir la Ley de Estabilidad Presupuestaria y los decretos ley sobre Prestaciones Sanitarias y Gasto Educativo.
El Consejo de Gobierno de Canarias acordó el pasado jueves la interposición
de tres recursos de inconstitucionalidad contra normas estatales, al estimar que vulneran competencias de la Comunidad Autónoma. En concreto, el Ejecutivo se plantea recurrir la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera; el Real Decreto Ley sobre Medidas Urgentes para Garantizar la Sostenibilidad del Sistema Público de Salud y Mejorar la Calidad y Seguridad de sus Prestaciones, y el Real Decreto Ley de Medidas Urgentes de Racionalización del Gasto Público en el Ámbito Educativo.

En relación con la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria, el Gobierno entiende que algunos de sus preceptos "afectan sustantivamente al ámbito competencial de la Comunidad Autónoma en términos incompatibles con la autonomía financiera garantizada por la Constitución".

Entre otras consideraciones, el Ejecutivo señala que el artículo 135 de la Constitución fija como principio constitucional la estabilidad presupuestaria y da sentido a una distribución de responsabilidades entre el Estado -para su desarrollo por ley orgánica- y las comunidades autónomas, para su aplicación en el marco de sus competencias estatutarias y lo que determine la citada ley orgánica. Sin embargo, el contenido de la ley orgánica “está más vinculada a la política concreta del Gobierno de turno que a la configuración de un sistema de estabilidad presupuestaria que se acomode al marco constitucional”.

El Gobierno argumenta que "el artículo 135 de la Constitución Española remite a ley orgánica la fijación del déficit estructural máximo permitido al Estado y a las comunidades autónomas en relación con su Producto Interior Bruto y también el desarrollo del principio de estabilidad presupuestaria y la responsabilidad de cada administración pública en caso de incumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestraia, así como la participación de los órganos de coordinación institucional entre las administraciones púbicas en materia de política fiscal y financiera".

"No obstante -continúa el Ejecutivo- esa atribución al Estado de la potestad de desarrollo general de los principios constitucionales mediante ley orgánica, el apartado 6 del artículo 135 de la Constitución reconoce a las comunidades autónomas, de acuerdo con sus respectivos estatutos y dentro de los límites del propio precepto, la competencia para adoptar las disposiciones que procedan para la aplicación efectiva del principio de estabilidad en sus normas y decisiones presupuestarias".

Decretos ley
En relación con el Real Decreto Ley sobre el Sistema Nacional de Salud, el Gobierno señala, entre otras consideraciones, que su contenido podría rebasar "los límites materiales establecidos por el artículo 86 de la Constitución Española, al afectar a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos recogidos en el Título I" de la Carta Magna.

Sobre el Real Decreto Ley de Racionalización del Gasto Público en Materia Eductiva, el Gobierno de Canarias recuerda, entre otros aspectos, que los artículos 3 y 4 no respetan el orden de competencias establecido en materia de educación. En este sentido, el establecimiento de la jornada lectiva del profesorado es una competencia típicamente autonómica, al igual que la sustitución transitoria de profesores titulares por funcionarios interinos.

Los tres recursos serán presentados antes de que finalice enero.