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Canarias 20 de Abril de 2013
Canarias creará la Junta de Expurgo de documentos judiciales
El Consejo de Gobierno aprueba el proyecto de decreto para su constitución.

El Consejo de Gobierno aprobó este jueves el proyecto de decreto por el que se creará la Junta de Expurgo de documentos judiciales de Canarias para determinar la exclusión o eliminación de los expedientes procesales o gubernativos del patrimonio documental o, en caso contrario, la preservación y posterior remisión de los mismos al departamento con competencias en materia de patrimonio documental. Con este decreto se regula la finalidad, composición, sede y normas de funcionamiento de la Junta de Expurgo de documentos judiciales de Canarias como órgano colegiado de naturaleza administrativa adscrito a la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad.
Asimismo, se modificará el Reglamento Orgánico de la Consejería, aprobado por Decreto 331/2011, de 22 de diciembre, para incorporar la Junta de Expurgo en su artículo 3 y en el Capítulo VII.

La Junta de Expurgo tendrá su sede donde radica la presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), en Las Palmas de Gran Canaria.

En cuanto a su composición, estará presidida por el presidente del TSJC, quien a su vez podrá delegar en otro magistrado con destino en uno de los órganos judiciales de la Comunidad Autónoma de Canarias, con voto dirimente de los empates. Asimismo, estará integrada por un miembro de la carrera fiscal, un secretario judicial, un funcionario designado por la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, un técnico superior especialista en archivos judiciales y un funcionario designado por la consejería con competencias en materia de patrimonio documental.

Para la devolución de documentos, el presidente de la Junta de Expurgo acordará la publicación de las relaciones de expedientes judiciales en el Boletín Oficial de Canarias, y una referencia de aquélla en dos diarios de los de mayor difusión en el ámbito autonómico al objeto de que, en el plazo de dos meses, puedan los interesados recuperar aquellos documentos en su día aportados al proceso. En la publicación del anuncio se omitirá la reseña del objeto del proceso y la identificación de las partes.

Según recoge el decreto, serán objeto de publicación en el Boletín Oficial de Canarias las resoluciones que acuerden la transferencia de los expedientes judiciales al departamento competente en materia de patrimonio documental, su enajenación para ser destinados por el adquirente, exclusivamente, a su tratamiento para posterior reutilización como papel de uso común o su destrucción.