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Canarias 13 de Marzo de 2012
La Cámara ofrece a los empresarios resolver sus conflictos mercantiles
fuera de los tribunales
Los juzgados de Canarias recibieron tan solo en 2010, cerca
de 450.000 nuevos casos y de éstos, unos 110.000 corresponden
a asuntos civiles y mercantiles.

La crisis ha multiplicado la conflictividad entre las empresas. Según el último dato publicado por el Consejo General del Poder Judicial, los juzgados de Canarias recibieron tan solo en 2010, cerca de 450.000 nuevos casos y de éstos, unos 110.000 corresponden a asuntos civiles y mercantiles. El colapso de la administración de justicia es una realidad evidente.   
Sin embargo, hay una vía de resolución de conflictos, pacífica y fuera de los tribunales, la Mediación, que ofrece la Camara de Comercio, Industria y Navegación de Santa Cruz de Tenerife y que apenas es explorada por los empresarios canarios. Se trata de una fórmula que ha recibido el aval del nuevo Gobierno, que acaba de lanzar el pasado 6 de marzo un nuevo decreto- ley de Mediación en asuntos civiles y mercantiles.

En esta normativa se reconoce a las Cámaras de Comercio como las primeras  instituciones de mediación en España, una labor que llevan desarrollando desde 1993.  En estos momentos, tanto las Cámaras de Comercio de Canarias como el Gobierno de Canarias están trabajando para implantar en el tejido empresarial de las Islas la cultura del Arbitraje y la Mediación.

Concretamente, la Mediación es un servicio que la ofrece a las empresas para resolver sus reclamaciones de una manera rápida y económica. En los dos últimos años, unas 500 empresas se han beneficiado de este servicio con el que, si ambas partes están de acuerdo, se puede alcanzar una solución al problema en el plazo medio de un mes, mientras que en los juzgados el proceso puede prolongarse hasta 2 años.  Para la responsable del Servicio de Mediación de la Cámara, Elena Pérez Ascanio, “esta vía, que promueve el acuerdo entre las partes en conflicto, supone no sólo un ahorro de tiempo y dinero para los empresarios, sino que, además, contribuye a la estabilidad y continuidad de las relaciones comerciales”, Añade, además, que el éxito de este sistema se fundamenta en la buena fe de las empresas implicadas, que deben acogerse de forma voluntaria al proceso de mediación.

Con la crisis como telón de fondo, la morosidad se ha convertido en la principal fuente de los conflictos mercantiles que llegan al Servicio de Arbitraje y Mediación de la Cámara.  Más del 80% de las denuncias que formulan los empresarios para resolver por la “vía pacífica” provienen de situaciones de impago generadas en el tráfico comercial. 

Buena parte de las solicitudes de mediación registradas, están relacionadas con actividades vinculadas al sector de la construcción, por morosidad en el pago de certificados de obra o de trabajos y servicios complementarios necesarios para la terminación de todo tipo de obras.

Las reclamaciones de cantidad generadas por el impago en los contratos de suministro en el sector comercial se colocan en el segundo lugar del ranking de solicitudes de negociación tramitadas por el Servicio de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio.

Las cantidades adeudadas oscilan entre los 300 euros y los 20.000 euros y en más de la mitad de los casos, los abogados de la Cámara que median en los conflictos mercantiles logran saldar con éxito la negociación. A pesar de la grave situación económica en la que se encuentran algunas de estas pymes, la Unidad de Mediación logra que se pacte el pago de la deuda de forma fraccionada.  Los plazos pactados para el cobro de las facturas pendientes se recogen por escrito en un  acuerdo “flexible”, pero de carácter vinculante. De esta manera, la Cámara logra una respuesta positiva para muchos acreedores, sin recurrir a la “costosa y compleja” vía judicial.   

Las ventajas de la mediación
Para la responsable el Departamento Jurídico de la Cámara de Comercio, Noemí Brito, el hecho de que una empresa decida solicitar la mediación no le impide presentar una reclamación ante el sistema judicial. No obstante, tanto a la empresa reclamante como a la reclamada les resulta más barato, ágil, y beneficioso obtener un acuerdo extrajudicial. Para informarse de éste y otros procedimientos, el servicio Jurídico ofrece atención tanto telefónica como  presencial a todas las empresas que pidan cita previa, llamando al 922 100 400 o en juridico@camaratenerife.com.