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Canarias 10 de Febrero de 2012
Tavío plantea en el Parlamento
una solución alternativa para el “fuera
de ordenación”
Tras el varapalo del Consejo Consultivo a la propuesta nacionalista.

La portavoz municipal en el Ayuntamiento de Santa Cruz y diputada por la isla de Tenerife, Cristina Tavío, ofreció ayer una nueva alternativa legislativa para solucionar el conflicto del fuera de ordenación, “tras el varapalo jurídico del Consejo Consultivo a la propuesta nacionalista que actualmente tramita el Parlamento de Canarias”.
Según Tavío, el órgano consultivo ha venido a dar la razón a las tesis de los populares, quienes advirtieron el pasado mes de octubre sobre la inviabilidad de la iniciativa del Grupo Nacionalista, “que no solucionaba el problema y además generaba un nuevo conflicto, al pretender eliminar los límites de densidad en todo el suelo urbanizable, lo que supondría comprometer los pilares sobre los que descansa el ordenamiento urbanístico”.

Para Tavío, “la solución al fuera de ordenación es mucho más sencilla, como hemos defendido desde el primer momento, y está en la modificación de la Ley de Ordenamiento del Territorio, excluyendo solamente las viviendas ya consolidadas y construidas de forma legal en los núcleos urbanos del Archipiélago, y nunca podría aplicarse a desarrollos de suelo futuros”.

En este sentido, los populares presentarán una enmienda a la totalidad con texto alternativo a la Proposición de Ley en trámite, basada en su anterior propuesta, que solo modificaba el apartado 2 del artículo 34.C del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales de Canarias.

En aras de buscar el mayor consenso posible en su aprobación, la nueva modificación planteada por el Grupo Parlamentario Popular “profundiza en las garantías necesarias para eliminar el límite de densidad en la zonas legalmente consolidadas, y amplía su marco de aplicación a todos los municipios del archipiélago, en lugar de limitarlo a las capitales o poblaciones de más de cien mil habitantes”.


Cristina Tavío insistió en que esta es “la mejor y más fácil solución para arreglar un problema que afecta a miles de familias no solo en el municipio de Santa Cruz”, y envió un mensaje “tranquilizador” a los afectados, desde la convicción de que “todas las fuerzas políticas estamos comprometidas en encontrar una solución y, aunque tengamos planteamientos diferentes, acabaremos poniéndonos de acuerdo”.

Por su parte, la también concejal popular y experta en urbanismo, Ana Zurita, insistió en que “esta nueva propuesta ofrece una mayor garantía a las áreas que se eximen del límite exigido, donde se vuelve a la edificabilidad que originó su crecimiento, pues al ser suelos que ya tuvieron un desarrollo reglado, amparado por la legislación urbanística del momento, cumple con los estándares dotacionales del momento en que fueron creados, que al fin y al cabo no es muy divergente con la situación actual, porque el Reglamento de Planeamiento es del año 78 y es por el que nos regimos todavía”.

La modificación propuesta por los populares modificaría el artículo 34 de la referida Ley del Territorio, al que añadiría un nuevo apartado segundo:

“2. No se aplicará lo dispuesto en la letra c) del apartado anterior a las zonas, áreas o ámbitos cuyo suelo ya estuviera consolidado por la urbanización con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley y cuya delimitación (de estas áreas , zonas o ámbitos)ha de hacerse en función de los siguientes criterios:

Clasificación de suelo urbano consolidado en planeamiento adaptado al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de los Espacios Naturales de Canarias, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2000, de8 de mayo.
Homogeneidad tipológica.
Previsiones o antecedentes legales: conjuntos históricos o sectores de suelo edificados en su conjunto conforme a un sector de suelo urbanizable, polígono, unidad de actuación o cualquier otra figura urbanística que conlleve derechos y características comunes inherentes al área.

En las zonas, áreas o ámbitos desuelo urbano así definidas, la densidad global y edificabilidad media máxima permitida podrá ser la alcanzada de conformidad con el planeamiento vigente en el momento de su construcción. A las edificaciones incluidas en estas áreas, que hubiesen materializado el aprovechamiento urbanístico otorgado, el nuevo planeamiento les podrá reconocer la edificabilidad neta existente.