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Canarias 3 de Abril de 2012
La Cámara exige el pago de intereses
y evitar las quitas a las pymes
por la mora pública
Las condiciones del Fondo para la Financiación de los Pagos
a Proveedores de los ayuntamientos resultan “inaceptables”
para las pymes.

Ayer se abrió el plazo para que los proveedores canarios pueden confirmar su adhesión al Plan de Pago abierto por el Gobierno para cobrar sus facturas pendientes con las administraciones locales, según estipula el Real Decreto Ley sobre el procedimiento de financiación para la cancelación de las deudas pendientes de las entidades locales con sus proveedores.
Una medida acertada según reconoce  la Cámara de Comercio de Santa Cruz de Tenerife, al afrontar el "urgente problema de la morosidad de las entidades locales y las comunidades autónomas, que evitará la desaparición de miles de pymes, asfixiadas por los impagos públicos”.  Sin embargo, la Cámara considera que la puesta en marcha de este  mecanismo no debe realizarse en perjuicio de los derechos de las pequeñas y medianas empresas a las que no se debería obligar a renunciar a sus derechos sobre los intereses de demora.

El mecanismo se basa en las quitas que, como mínimo, serán de los intereses de demora y los gastos judiciales. La responsable de Servicios Jurídicos de la Cámara, Noemi Brito, advierte que “no es una cantidad a desdeñar, dado que la aplicación de la Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad en el ámbito de la contratación pública nos lleva a intereses de demora superiores al 8% en los últimos años, así como a la indemnización legal de intereses de cobro por valor máximo del 15% de la deuda”.

Condiciones inaceptables
Por lo tanto, la Cámara considera las condiciones para que las empresas puedan cobrar las deudas resultan "inaceptables" al abrir la puerta a la aplicación de descuentos sobre las cantidades pendientes y eludir el pago de los citados intereses de demora. De nuevo, "son las pequeñas y medianas empresas quienes sufren una insoportable e injustificada carga financiera, que además afecta a sus derechos legales".

Así, solicitan que debe garantizarse tanto que cobrarán las cantidades pendientes con los intereses legales correspondientes como que no se realizarán quitas del dinero adeudado a las pymes, "que han sido las principales víctimas de la morosidad de las administraciones, ya que carecen de la capacidad de resistencia financiera de las grandes empresas".

El Real-Decreto Ley 4/2012 establece el mecanismo de financiación para el pago de proveedores de entidades locales. Tras obtener el certificado de su deuda con los ayuntamientos, los proveedores podrán acudir a las entidades de crédito para cobrarlo. Asimismo, el Real-Decreto Ley 7/2012 crea el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores y destina 15.000 millones de euros para el año 2012, aunque la deuda total se estima en unos 35.000 millones. La entidad que va a gestionar el pago es el ICO (Instituto de Crédito Oficial) a través de las instituciones financieras.

A juicio de la Cámara, esta medida, aún siendo “acertada y necesaria”, llega tarde para miles de empresas y autónomos. La morosidad de las Administraciones Públicas está detrás de la desaparición de la mitad de las más 450 mil empresas que han cesado en España su actividad desde 2008. En Canarias, desde que estalló la crisis han desaparecido el 14% de su tejido empresarial, una gran mayoría víctima de las demora en el pago de los entes públicos.
 
Criterios
El problema para la Cámara de Comercio Santa Cruz de Tenerife es que el Real-Decreto Ley introduce dos puntos "inasumibles" para las pymes. En primer lugar, el principal criterio para priorizar el pago se establece en función de la oferta de descuento sobre la obligación pendiente de pago. Aunque este punto no ha aparecido en el modelo de certificado individual,
no se ha modificado el Real-Decreto 4/2012, por lo que habrá que estar vigilantes para que en el futuro no se aplique esta condición. "Las pymes no pueden admitir la posición de fuerza del Gobierno sobre unas empresas en un estado tan precario que admitan renunciar a parte de su deuda para cobrar o que entren en una espiral de descuentos a la baja", señalan.

El segundo aspecto, el cobro de los intereses de la deuda, afecta también a los derechos legales que tienen las empresas. De acuerdo al Real-Decreto, el abono al proveedor conlleva la extinción de la deuda contraída por la entidad local con el contratista, incluyendo los intereses. La Cámara de Comercio considera "inadmisible" que las pymes estén financiando la deuda de las instituciones locales y que, para cobrar estas deudas, deban renunciar a los intereses correspondientes según la ley vigente.

Jornada informativa
Bajo el título “Financiación para el pago a proveedores de las entidades locales”, la Cámara de Comercio de Santa Cruz de Tenerife organiza una jornada de carácter gratuito  que se celebrará el próximo 13 de abril en la que expertos del despacho de abogados Garrigues explicarán cuáles son los mecanismos que empresas y autónomos deben ejecutar para lograr el abono de sus deudas.