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Canarias 14 de Abril de 2012
La morosidad pública y la falta de créditos son los principales culpables
del cierre de 8.000 pymes en Canarias
Si se cumplen las previsiones del Estado, el pago a proveedores va a suponer que se introduzcan en el circuito económico 35.000 millones de euros.

La morosidad de las administraciones públicas y la falta de crédito son dos de los principales culpables de la desaparición de más de 8.000 pymes desde que estalló la crisis, aseguró ayer la  vicepresidenta de la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Santa Cruz de Tenerife durante la jornada informativa  “Financiación para el pago a proveedores de las Entidades Locales”, organizadas junto a la CEOE- Tenerife y el despacho de Abogados de Garrigues en Canarias.
El pasado 24 de febrero, el Gobierno de España aprobó un Plan de Pagos a través de un Real Decreto que permite, a través de la creación de un Fondo para la financiación de la entidades locales, que  tanto las comunidades autónomas como las corporaciones locales puedan empezar  a saldar sus deudas pendientes con los proveedores a partir de mayo.

El objetivo de esta jornada, en la que participó el socio director de Garrigues, Antonio Viñuelas y el vicepresidente de la CEOE, Jose Luis Garcia Martínez, fue explicar a los empresarios cuáles son los mecanismos y el proceso  que empresas y autónomos deben llevar a cabo para cobrar sus servicios y productos.

El próximo 22 de abril es la fecha tope que tienen los proveedores de las administraciones locales para adherirse al Plan de Pago abierto por el Gobierno de España y a través del cual podrán cobrar sus recibos pendientes. También el Ejecutivo de Canarias se  ha adherido a este Fondo de Financiación habilitado por el Estado a través del ICO, tal y como informó  el socio director de Garrigues en Canarias.

Por su parte, la vicepresidenta de la Cámara señaló que la medida que posibilita el pago de proveedores de entidades locales aún siendo “acertada y necesaria, llega tarde para miles de empresas y autónomos de Canarias”. Aseguró, además, que “los retrasos en el abono de los servicios prestadospor parte de  muchos ayuntamientos, cabildos y Gobierno nos ha dejado a muchos empresarios sin margen de maniobra, poniendo en peligro los puestos de trabajo y la supervivencia de nuestra propia empresa.”

En este sentido, el vicepresidente de la CEOE, José Luis García calificó de  “vergonzoso” el hecho de que los empresarios tengamos que pasar por un calvario para que se nos pague lo que nos corresponde, aunque –admitió que  el cobro de las facturas va a permitir aliviar la carga de una gran número de empresas afectadas por la morosidad pública.

Antonio Viñuelas coincidió con este último argumento y  valoró positivamente el decreto, ya que “el cumplimiento de esta medida va a suponer un gran inyección de miles de millones de euros a la economía y un salvavidas para muchas pequeñas y medianas empresas”.

De hecho, si se cumplen las previsiones del Estado, el pago a proveedores va a suponer que se introduzcan en el circuito económico 35.000 millones de euros, lo que pueden servir de impulso para un principio de reactivación de la economía, tal y como destacó el socio director de Garrigues.

Concretamente, el Consejo de Ministros aprobó el pasado 9 de marzo la creación del Fondo para la financiación de los pagos a proveedores de las entidades locales, con el objetivo de permitirles empezar a cobrar las deudas pendientes con las Corporaciones Locales y las Comunidades Autónomas. De los 35.000 millones de euros, 20.000 millones serán para cubrir las deudas de los ayuntamientos y el resto, para las comunidades. El préstamo estará avalado por el Estado, que a su vez tendrá la garantía de los recursos que se transfieren a los ayuntamientos para financiarse.

Según la encuesta del Consejo Superior de Cámaras sobre Acceso de las pymes a la Financiación ajena del último trimestre del pasado año, entre las empresas que son proveedoras de las Administraciones Públicas, casi el  80 por ciento han tenido problemas para cobrar las facturas adeudadas, siendo la Administración local la que más problemas plantea, con un más del 60 por ciento de los casos.

Procedimiento
Los proveedores pueden confirmar a partir de este lunes su adhesión al Plan de Pago abierto por el Gobierno para cobrar sus facturas pendientes. Los trámites se pueden realizar a través de Internet, conectándose a la base de datos de la Agencia Tributaria, o acudiendo a los ayuntamientos que les adeudan para hacer esa misma gestión en formato papel.

La información que necesitan aportar por proveedor en cualquiera de las dos vías es el número de cuenta corriente (se facilitara el CCC o el IBAN y, en caso de cuentas internacionales, el BIC) y el importe del principal con descuento de la quita, en caso de existir, según ha informado el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Los proveedores tienen hasta el día 22 de abril, por vía telemática, y hasta el 20 de abril en papel, para comunicar su voluntad de acudir al procedimiento porque, en caso contrario, no van a cobrar por esta vía. La solicitud de certificación individual presentada por los proveedores ante la entidad local implica las aceptaciones por parte de estos de acudir al procedimiento.

Si se opta por la presentación telemática, los proveedores deben acceder a la página web de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es) e identificarse mediante el Certificado Electrónico de Usuario emitido por alguna de las autoridades de certificación admitidas por la Agencia Tributaria, por ejemplo, el DNI electrónico y los emitidos por la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre.

Los proveedores deben consignar el NIF (ya sea de personas físicas o jurídicas) que figure en las facturas emitidas a las entidades locales, lo que les permitiría acceder a la relación de facturas de ese NIF e indicar la voluntad de acudir al procedimiento de pago, identificando la cuenta bancaria donde quieren que les sea satisfecho el mismo y el importe de la quita, en caso de existir.

Una vez que manifiesten su decisión voluntaria de acudir al Plan de Pago a Proveedores, la tesorería de la respectiva entidad local excluirá de los posibles pagos ordinarios a dichos proveedores. Alternativamente, pero no a la vez, los proveedores pueden dirigirse a la entidad local comunicando por escrito su decisión de acudir al mecanismo de pago, facilitando el NIF, el número de cuenta corriente y el importe del principal con descuento de la quita, en caso de existir.

Vía presencial
Por otra parte, si los proveedores optan por la vía presencial, posteriormente las entidades locales deberán comunicaran esa información por vía telemática y con firma electrónica a la Agencia Tributaria. Para ello, los representantes de las entidades locales, deben utilizar el certificado correspondiente al NIF de la entidad local, o el certificado de empleado publico, siempre que haya sido apoderado por dicha entidad local. Accederán al conjunto de facturas enviadas por esa entidad local, y podrán actuar en representación de los proveedores para indicar la voluntad de estos de acudir al procedimiento. Este certificado también permitiría a las entidades locales realizar posibles rectificaciones de errores en los datos de las facturas, así como introducir los Certificados Individuales.

En los cinco primeros días hábiles de abril (entre los días 2 y 10) las entidades locales remitieron por vía telemática y con firma electrónica las relaciones de certificaciones individuales solicitadas, las emitidas y las no contestadas. Esta remisión se realizó a través de la aplicación de la Agencia Tributaria.

En este caso deben enviar la información de la certificación inicial, la indicada anteriormente para los proveedores que comuniquen su intención de acudir a procedimiento de pago. Además, un campo con la fecha de la solicitud por el proveedor de la certificación individual, y otro con la especificación de certificación solicitada y emitida o de certificación solicitada y no contestada o de certificación solicitada y denegada.

Entre los días 23 de abril y 8 de mayo las entidades locales podrían introducir modificaciones para corregir errores, indicar las facturas que finalmente consideran conflictivas (deberían aclarar y solventar los conflictos en ese periodo), las que se han pagado a los contratistas y las que están sujetas a procedimientos de embargo o de concurso de acreedores. A estos efectos se recogerán en la aplicación los identificadores correspondientes a cada una de estas situaciones

Operaciones posteriores
Conocidas tras los envíos anteriores las facturas que entran en la primera fase de la operación se contrastaría con el importe máximo disponible en el mecanismo de financiación, y, en su caso, se aplicarían los criterios de prelación de las obligaciones pendientes de pago según su antigüedad, la condición de pyme o la municipalización de la factura.

Del mismo modo, conocido el importe total de las obligaciones pendientes de pago, los Plenos de las entidades locales en el período que se determine (primera quincena del mes de mayo) deberán aprobar la formalización de las operaciones de crédito correspondientes, siempre que hubieren obtenido una valoración favorable de sus planes de ajuste por parte del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

A partir de este momento las entidades de crédito podrán materializar las transferencias que procedan a los proveedores incluidos en las relaciones anteriores, en la forma que se determine.

Pie de foto 1: El vicepresidente de la CEOE junto a la vicepresidenta de la Cámara y el Socio Director de Garrigues.

Pie de foto 2: La vicepresidenta de la Cámara le enseña un candado cerrado al Socio director de Garrigues para explicarle que la morosidad de las  administraciones  ha dejado  sin margen de maniobra a muchas expresas.