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Canarias 2 de Abril de 2012
Convocan por importe de cinco
millones de euros la concesión
de ayudas al transporte marítimo
y aéreo interinsular de mercancías
La finalidad de estas concesiones es compensar el coste
del transporte realizado en 2010.

La Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial del Gobierno de Canarias ha convocado para el ejercicio 2012 y por importe de cinco millones de euros, la concesión de compensaciones al transporte marítimo y aéreo interinsular de mercancías realizado en el año 2010.
De la anterior convocatoria se beneficiaron 85 empresas industriales y agroindustriales; y 74 empresas y cooperativas agrícolas. De estas empresas beneficiarias, 27 correspondieron a empresas o cooperativas agrícolas establecidas en Islas no capitalinas y siete a empresas industriales establecidas en Islas no capitalinas. El Gobierno de Canarias compensa hasta el 100% de los costes inherentes al transporte tanto marítimo como aéreo, que guardan relación con los fletes, tasas, manipulación portuaria, THC, BAF, etc.

Del importe total presupuestado para el ejercicio 2012, que se eleva a cinco millones de euros, la publicación en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) especifica que cuatro corresponden a la concesión de las compensaciones para este tipo de transporte no incluidas en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (UE) realizado en el año 2010. El otro millón de las ayudas sí corresponden a productos incluidos en el citado Anexo, pudiendo ser su importe ampliable, en caso de disponibilidad presupuestaria. Las subvenciones no incluidas en el citado Anexo están cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) para las Regiones Ultraperiféricas con una tasa de cofinanciación del 50%, en el marco del Programa Operativo FEDER de Canarias 2007-2013.

El departamento autonómico además ha aprobado las bases que han de regir en el ejercicio 2012 la concesión de las compensaciones destinadas al transporte interinsular de mercancías incluidas o no en el anexo I del citado Tratado de la UE con origen o destino en las Islas realizado en 2010.

La finalidad de estas concesiones es compensar el coste del transporte realizado en 2010, según cuantía fijada en el coste-tipo establecido a que se refiere la base tercera correspondiente al transporte interinsular marítimo y aéreo de los productos incluidos en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la UE desde cada una de las islas del Archipiélago con destino a las restantes, siempre que sean productos originarios, o en su caso, hayan sido transformados en Canarias.

En el caso de los productos no incluidos en el citado Anexo, el objeto es compensar el coste de transporte de determinados productos, entre los que se encuentran, los originarios o transformados en Canarias, los medicamentos no originarios ni transformados en Canarias y determinados productos agrícolas transformados.

Las solicitudes deberán presentarse conforme al modelo del Anexo de la orden sobre estas ayudas publicada hoy en el BOC y que puede ser descargado vía Internet en la dirección www.gobiernodecanarias.org/transportes, estando además a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General de Transportes de la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial de Las Palmas de Gran Canaria, en la calle Profesor Agustín Millares Carlo, 22, en el Edificio de Usos Múltiples I, planta 7; en las oficinas de Santa Cruz de Tenerife, en la calle La Marina, 53; o en cualquiera de los registros u oficinas previstos en el Decreto Territorial por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en consonancia con los lugares de presentación.

Se podrán beneficiar de estas concesiones las personas físicas o jurídicas solicitantes de compensación, compradora o vendedora, receptora o remitente de las mercancías, que acrediten haber abonado los costes del transporte compensable mediante determinada documentación.

Estos beneficiarios tienen obligaciones establecidas, entre las que se encuentra el deber de realizar la actividad o adoptar la conducta subvencionada y acreditar su coste total y el importe de las ayudas, subvenciones u otros auxilios económicos recibidos de cualquier Administración, ente público, entidades privadas o particulares. Además, los beneficiarios podrán subcontratar la ejecución total de la actividad objeto de compensación con transportistas intermediarios, debiendo cumplir determinados requisitos establecidos.

El plazo máximo para resolver y notificar el otorgamiento y justificación de las compensaciones será de seis meses contados desde la finalización del último plazo fijado para la presentación de solicitudes. Transcurrido el plazo anterior sin que se haya dictado resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud por silencio administrativo.