Para que pueda ser publicado su comentario, por favor escriba un nombre de autor
Los siguientes comentarios son opiniones de los internautas, no de eldigitalsur.
No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
eldigitalsur se reserva el derecho a eliminar los comentarios que considere fuera de tema.
No está permitido realizar publicidad a través de los comentarios
Los comentarios enviados no se publican siempre al instante, depende de la hora pueden tardar en publicarse.
Canarias 12 de Mayo de 2011
Un año más con medidas ante la crisis económica
El acuerdo comprende la modificación de la disposición final segunda del Decreto 48/2009 para permitir más prórrogas del artículo 24.
El Consejo de Gobierno acordó ayer aprobar el Proyecto de Decreto por el que se prorroga la vigencia del artículo 24 del Decreto 48/2009, de 28 de abril, por el que se establecen, en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, las Medidas ante la Crisis Económica y de Simplificación Administrativa.

El proyecto aprobado comprende, además, la modificación de la disposición final segunda del citado Decreto 48/2009, con objeto de permitir más prórrogas de la vigencia del artículo 24, dado que actualmente sólo se permite una y que fue acordada mediante el Decreto 48/2010. Esta modificación atribuye al Gobierno la competencia para prorrogar, mediante acuerdo, la vigencia del artículo 24 indefinidamente por períodos de un año.

Hay que recordar que el artículo 24 declara que, por razones de interés público, se aplicará la tramitación urgente en los expedientes relativos a contratos de redacción de proyectos de obras, contratos de obras, concesión de obras públicas, colaboración entre el sector público y el sector privado y contratos de servicios en materia de telecomunicaciones, informática y servicios conexos, servicios de investigación y desarrollo y servicios de arquitectura que se tramiten por la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (CAC), organismos autónomos y entidades dependientes. Además, establece la no exigencia de la constitución de garantía provisional en la tramitación de los citados expedientes.

El acuerdo determina, asimismo, la vigencia limitada de este artículo a un plazo de un año, contado a partir de la entrada en vigor de la norma, plazo que vencerá el próximo 13 de mayo de 2010, así como la posibilidad de que el Gobierno prorrogue dicho plazo, siempre que se produzca con anterioridad al vencimiento y por un periodo máximo de un año.

La aprobación del Decreto 48/2009 puso en marcha un auténtico proceso de racionalización, simplificación, reducción de cargas y mejora de la regulación en los procedimientos administrativos en el seno de la Administración Pública de la CAC, ya que establece la eliminación de duplicidad de controles, la reducción de los plazos máximos de tramitación, la aprobación de modelos normalizados de solicitud, la supresión de documentación requerida que ya se encuentre en poder de la Administración, o que sea generada por la propia Administración autonómica, y el impulso a la tramitación telemática de los procedimientos administrativos, entre otras mejoras.