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Canarias 20 de Enero de 2011
Las personas dependientes en Canarias podrán acceder a dos recursos distintos en el marco del Sistema Canario de Atención a la Dependencia
El Gobierno lleva al Consejo General de Servicios Sociales el proyecto de decreto sobre las intensidades de protección de los servicios de la atención a la Dependencia.
El Gobierno de Canarias llevó ayer al Consejo General de Servicios Sociales el Proyecto de Decreto por el que se establece tanto la intensidad como las compatibilidades entre las prestaciones económicas y los servicios para la atención a las personas dependientes en el marco del Sistema Canario para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

Así en Canarias, a partir de la puesta en marcha de esta nueva norma se permitirá acceder a dos servicios, en el que uno de ellos será el principal y el otro se constituirá como complementario y variará en su intensidad según el grado y nivel de la persona dependiente y su programa individual de atención o PIA.

Cabe recordar que el Consejo Territorial de la Dependencia celebrado en junio del pasado año estableció que en ningún caso las personas dependientes podrán abandonar un servicio para percibir una prestación económica, reforzando una vez más lo que indica la ley de la dependencia que es la prioridad de los servicios, ya que las ayudas económicas son subsidiarias y excepcionales.

"Aunque no se tendrá derecho a percibir dos prestaciones económicas, sí que en Canarias se podrán compatibilizar, en algunos casos, una prestación económica y un servicio, como por empleo una ayuda a domicilio y con carácter complementario la prestación económica vinculada al servicio de día", apuntó la consejera de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, Inés Rojas.

Rojas explicó que "hemos querido interpretar la ley de forma amplia y así la ayuda económica vinculada al servicio la hemos dado un tratamiento de servicio para facilitar su compatibilidad".

El nuevo decreto establece de forma exhaustiva el catálogo de recursos y servicios en el ámbito del Sistema Canario de la Dependencia, la compatibilidad entre unos servicios y otros y ellos con alguna prestación económica, y la intensidad de cada uno de los servicios según el grado y nivel de las personas dependientes.

La norma ha sido elaborada con el consenso de la Fecam, la Fecai y las organizaciones que se dedican a la atención de la dependencia, en este sentido la consejera de Bienestar Social incidió en "valorar muy positivamente, la colaboración y coordinación entre las diferentes instituciones y entidades del tercer sector para consolidar de manera eficaz el Sistema Canario de Atención a la Dependencia".

Compatibilidad e intensidad de los servicios y prestaciones según grado y nivel
El catálogo de servicios establece que a las personas con gran dependencia y dependencia severa le corresponderá servicios de prevención y promoción de la autonomía personal, servicios de teleasistencia, de ayuda a domicilio, de centros de día y de noche y de atención residencial.

El servicio de atención residencial será incompatible con cualquier otra prestación ya que este servicio ofrece una ayuda integral y multidisciplinar las 24 horas del día, todos los días del año.

El servicio de centro de día será compatible con la teleasistencia, la ayuda a domicilio, y con los alojamientos especiales, como son los hogares funcionales, viviendas, pisos y plazas tuteladas.

El servicio de noche será compatible con el servicio de teleasistencia.

La ayuda a domicilio es compatible con el servicio de teleasistencia, el de centro de día y con carácter complementario con la prestación económica vinculada al servicio de centro de día.

La teleasistencia es compatible con cualquier servicio a excepción de la atención residencial permanente.

En el catálogo de servicios para las personas dependientes moderadas se exceptúa la atención residencial, las compatibilidades son las mismas y las diferencias se establecen en las intensidades.