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Tenerife 15 de Diciembre de 2011
UPyD también se opone al uso del imidacloprid en los parques urbanos
Francia y Alemania, entre otros países, lo tienen prohibido.
Unión Progreso y Democracia muestra su rechazo al uso del pesticida imidacloprid y de cualquier otro pesticida cuya seguridad sanitaria y ambiental estén puestas en duda. Hay que recordar que si bien el imidacloprid está en una lista de sustancias autorizadas en la Unión Europea, no es una sustancia recomendada. De hecho las últimas investigaciones ponen en entredicho la seguridad ambiental de esta sustancia, y también la seguridad sanitaria. Parecen suficientes motivos como para poner en cuestión su uso en parques y jardines públicos, con gran afluencia de ciudadanos, y especialmente de niños.

Para UPyD, las explicaciones del Concejal de Medio Ambiente y Sanidad sobre el producto no son suficientes, “puesto que se limita al cumplimiento más estricto de la legislación vigente sobre fitosanitarios, pero sin tener en cuenta las últimas investigaciones obre los productos”. De este modo, “el Ayuntamiento de Santa Cruz podría adelantarse a próximos cambios normativos, o tomar decisiones de seguridad de riesgos por encima de lo básico recomendado”. De hecho, Alemania y Francia, países ambos de la UE, prohíben el uso de esta sustancia, a pesar de tener el beneplácito de la Unión Europea, lo que quiere decir que es viable afrontar medidas más restrictivas que las que simplemente recomiendadn desde la UE, que en cualquier caso son un conjunto de mínimos válido para 27 países.

El Consejo Local de UPyD en Santa Cruz de Tenerife, es consciente de que el tratamiento de la vegetación urbana no corre directamente a cargo del Ayuntamiento, sino que es una gestión privada, sin embargo, “este detalle no obsta para que haya un control por parte de las autoridades de las empresas que contratan y los métodos utilizados”.

Para evitar futuras situaciones que puedieran atentar contra la salud ambiental o ciudadana, “en UPyD nos alineamos con la postura de utilizar en lo posible mecanismos de control biológicos. Pero tambien sugiere, que en caso de necesidad de utilizar medios químicos, en el pliego de condiciones de los contratos de control de plagas, quede aclarado que cualquier sustancia que se utilice tenga que ser aprobada previamente por la Concejalía de Medio Ambiente, y no únicamente estar en una lista de productos permitidos por la UE”.