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Canarias 17 de Noviembre de 2010
CC solicita que el Gobierno decrete
la excepción del pago del canon digital
El senador defiende la aplicación de la ley de propiedad intelectual “equitativa” en la que se respete el derecho de los creadores y el de los usuarios.

El senador de Coalición Canaria – Agrupación Herreña Independiente (CC-AHI), Narvay Quintero, ha presentado una enmienda a una moción que será debatida esta tarde en la Cámara Alta en la que insta al Gobierno del Estado a que decrete la excepción del pago del canon digital.

El senador herreño propone que “mientras se elabora el proyecto de ley de Propiedad Intelectual, el Gobierno apruebe y dicte un Real Decreto en el que establezca la excepción del pago de la compensación equitativa a los equipos, aparatos y soportes cuyo uso final no sea la copia privada y que sean adquiridos por empresas, profesionales, administraciones y entidades sin ánimo de lucro”.

Narvay Quintero pide que el Gobierno cumpla, de esta manera, la sentencia de la Sala Tercera del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) del pasado 21 de octubre de 2010, que se opone al canon digital español que grava a los fabricantes de CDs, DVDs, MP3 y otros equipos de reproducción "de forma indiscriminada”.

El senador herreño considera que “el sistema vigente en España se aplica de  manera indiscriminada y el Gobierno debe abogar por un  sistema alternativo en el que se conjugue el respeto del derecho de la propiedad intelectual que ampara a los creadores y los derechos de los usuarios”.
Cabe recordar que la sentencia señala que “la ley española de propiedad intelectual, que ha ampliado su ámbito desde 2003 e impone tasas a los aparatos e instrumentos de reproducción que pueden servir para hacer copias, no respeta el concepto de "compensación equitativa" definido en una directiva europea de 2001 sobre los derechos de autor ni el "justo equilibrio entre los afectados", en particular por imponer gravámenes a los fabricantes y los compradores profesionales”.

El alto tribunal de Luxemburgo considera que "la aplicación indiscriminada del canon en relación con todo tipo de equipos, aparatos y soportes de reproducción digital, incluido el supuesto de que éstos sean adquiridos por personas distintas de las personas físicas para fines manifiestamente ajenos a la copia privada, no resulta conforme con la directiva" europea sobre los derechos de autor.