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Canarias 24 de Noviembre de 2010
Los Verdes presentan alegaciones
al anteproyecto de ley de armonización en materia de protección del territorio
y del medio ambiente
Los Verdes de Canarias, presentan alegaciones por su portavoz Arturo Méndez Llorens,  y denuncian la “inconcreción” del futuro Proyecto de Ley que abre la puerta a una mayor discrecionalidad e indefensión de nuestro territorio, dentro de un desafortunado capítulo más de la "hoja de ruta" que se han marcado los sustentadores del actual Gobierno de Canarias, y que está en línea con las anteriores Leyes ya aprobadas por el actual Parlamento, entre ellas las más recientes de Medidas Urgentes y el Nuevo Catálogo de Especies Protegidas.

Ante todo, comenta Arturo Méndez,  “es evidente que se requieren más estudios previos antes de la puesta en tramitación de este Anteproyecto, pues las evidencias económicas, jurídicas, técnicas y sociales, en las se basan las decisiones del legislador y su materialización en el articulado parecen carecer de fundamentos de ésta índole. En piezas legislativas de alta complejidad técnica, como es el caso, es obligado reflejar la información utilizada por el redactor para tomar tales decisiones, tal y como especifica la Unión Europea en su declaración sobre la Gobernanza Europea”. Legislar Mejor COM 2002. 275.
Este Anteproyecto, sigue diciendo el co-portavoz de Los Verdes, en todos y cada uno de los artículos, deja un altísimo e inaceptable grado de discrecionalidad, por lo que en la práctica real se desregula lo que se pretende regular. La discrecionalidad es la peor de las prácticas legislativas y supone introducir arbitrariedad como fundamento de la práctica administrativa. Al mismo tiempo, se introduce una inseguridad jurídica, en concreto en lo referido al impacto ambiental, ya que adolece de la cuantificación de umbrales de cada variable en estudio. En especial, los referidos a la salud humana, donde con más razón, si cabe, deben estar determinados los umbrales de contaminantes físicos y químicos desde los cuales el efecto es inaceptable ó significativo, materias en la que el texto del Anteproyecto no aporta absolutamente nada. Tampoco contiene un glosario definitorio de términos, tales " inspección de buenas prácticas" y otros muchos, lo cual aumenta la inseguridad jurídica antes mencionada.

Además sigue aclarando el portavoz, declara el legislador en la disposición final primera que más adelante en el tiempo se determinarán reglamentos complementarios, que dotarán de especificación a todo lo nombrado en el texto. Pero hemos de recordar, que esta misma intención constaba en una de las normas autonómicas que éste Anteproyecto deroga, la LEY 11/1990 de 13 de Julio, de Prevención del Impacto Ecológico y de la que nunca se hizo desarrollo alguno tras 20 años de su aprobación y que generó prácticas administrativas arbitrarias, ineficientes y perjudiciales, con resultados socialmente irrelevantes, generando pérdidas inútiles de recursos naturales, pérdidas económicas cuantiosas, el empeoramiento de la salud de los canarios colectivamente hablando, y adicionalmente la destrucción de empleo en el sector ambiental.

Hay que recordar que en estos momentos la UE prepara la revisión de la Directiva de Impacto Ambiental, entre cuyos objetivos está el refuerzo de la participación pública. No se entiende (ó se adivinan no muy buenas intenciones) que tras permanecer 20 años la anterior LEY sin desarrollo, la premura de la publicación de la propuesta y mucho menos con carácter urgente, teniendo en cuenta que faltan muy pocos meses de período legislativo y que será necesario modificar el hoy Anteproyecto de Ley en un plazo relativamente corto para ajustar dicha norma a la Directiva Europea.

Sin embargo, no todo es negativo obviamente en el texto propuesto, considerándose positivos los objetivos de mejorar la concreción aplicativa de las sanciones urbanísticas y medioambientales, agiliza, externalizándolo, el control del cumplimiento del condicionado ambiental del Estudio de Impacto Ambiental ( EIA ), que hasta ahora había sido de un pobre ó nulo seguimiento administrativo, ofrece medios legales para que el infractor pueda asumir en la práctica real la restauración de la realidad alterada y ofrece más garantías para que la recuperación de los daños urbanísticos y medioambientales lleguen a buen fin, si bien gran parte de lo anteriormente expuesto en éste párrafo, son actuaciones ya posteriores a la posible actuación negligente.  

Y como conclusión Arturo expone que,  lo anteriormente expuesto y porque se modifican ó regulan muchos otros aspectos importantes para la vida de todos los habitantes de Canarias, tales como algunos relativos a Residuos, RED NATURA 2000, Protección de la Biodiversidad y la Sostenibilidad, Calidad Ambiental, Especies Invasoras ó Situación de Edificaciones No ajustadas al Planeamiento, por citar algunos ejemplos, LOS VERDES DE CANARIAS rechazamos la premura del procedimiento y solicitamos la retirada y revisión del Anteproyecto de Ley, debido al incumplimiento de normativas de ámbito superior y con el objetivo de que se alcance una mayor concreción en todo su articulado y se ajuste al Derecho Nacional y Comunitario.