Google
email me
Envía tu comentario
A LA ATENCIÓN DE FISCALÍA, SECCIÓN ANTICORRUPCIÓN

D. EMILIANO ALFREDO GOÑI MARTÍN, domiciliado en Las Cancelas,18, provisto del D.N.I. 41.943.418 C, Concejal por Coalición Canaria-PNC, integrado en el Grupo Mixto del Ayuntamiento de Adeje,

EXPONE PARA SU CONOCIMIENTO POR FISCALÍA:

Que en fecha 10 de Marzo de 2008 presenta en el Registro General del Ayuntamiento de Adeje escrito en el que decíamos:

Que se han hecho gran cantidad de contrataciones de personal en ese Ayuntamiento sin que sepamos la forma en que se contrató y si se siguieron las normas de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad, amparado en la Constitución Española, la Ley de Bases de Régimen Local y el nuevo Estatuto del Empleado Público.
Por lo expresado anteriormente, solicitamos de Vd. que una vez consultados los departamentos correspondientes de ese Ayuntamiento, se haga informe en el que conste:
a) Relación de personas contratadas en el Ayuntamiento de Adeje en los últimos 10 años.
b) Clase de contrato que se realizó, tiempo de duración y fecha de extinción, si la ha habido.
c) Procedimiento selectivo por el que se accedió al puesto de trabajo.
d) Copias de los Decretos o resoluciones que dieron lugar a la contratación de cada una de las personas relacionadas.
e) De las personas a las que se les ha rescindido el contrato, cales de ellas han reclamado ante el Juzgado correspondiente, por despido improcedente, y cuales han sido las sentencias al respecto.

Que a la vista de que ni se nos comunicaba nada al respecto ni se nos daba documentación alguna, se ha ido reiterando, el escrito de solicitud, en fechas:  31 de marzo de 2008, 21 de abril de 2008, 29 de abril de 2008, 8 de mayo de 2008, 21 de mayo de 2008, 2 de junio de 2008 y 1 de julio de 2008. ( se adjuntan como documentos de prueba números del 1 al 8.

Que en los distintos escritos presentados se han ido expresando, que: podemos comprender que reunir toda la documentación en el plazo que dice la Ley de 5 días, era difícil pero que se nos fuera entregando según se fuera sacando de los archivos.

Que visto que no se nos hacía entrega alguna advertimos que nos veríamos obligados a remitir la documentación a esa Fiscalía puesto que según la rumorología, prácticamente la totalidad de los contratos del personal no funcionario, al parecer, no habían sido legales porque no se siguieron las normas de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad, amparado en la Constitución Española, la Ley de Bases de Régimen Local y el nuevo Estatuto del Empleado Público.

Que en fecha 04.06.2008 recibimos comunicado de la Sra. Secretaria del Ayuntamiento ( se adjunta escrito como prueba nº 9)en el que se nos dice:
a) Que solicito datos de carácter personal y que esa información debe ser autorizada por el Sr. Alcalde y que el Departamento de Recursos Humanos ha elaborado un listado de datos de la contrataciones y nombramientos de Empleados Públicos al servicio de esta Ayuntamiento en los últimos ocho años. No se pedían datos personales de los empleados sino relación de personal contratado (que figura en el Presupuesto de la Corporación y que si afectara a datos de carácter personal, no deberían figurar allí) y otros datos que, consideramos, todo concejal que lo pida, para el control al Equipo de Gobierno Municipal , debe recibir.
b) Que no se nos podía dar la documentación en el plazo de 5 días que marca la Ley puesto que el recopilar la documentación era labor harto penosa. Ya lo mencionábamos en nuestros escritos pero es que el plazo que había transcurrido, era de casi tres meses y pedimos que se nos fuera entregando según fuera encontrado en los archivos.
c) Que en fecha 23 de mayo ( dos meses y medio después de presentada la solicitud) se da traslado a lo solicitado al Comité de Empresa y a la Junta de Personal a los efectos de que aleguen, en el plazo de 10 días, lo que estimen oportuno, por cuanto la entrega de la información afecta a datos de carácter personal de los Empleados Públicos de la Corporación, plazo que no ha concluido, Una vez cumplido con este trámite, se dará traslado al Alcalde Presidente a los efectos que procedan. Como puede desprenderse de este escrito, no se nos quería entregar documentación alguna porque, ni se nos dio acceso a la documentación, ni se nos entregó ese listado a que se hace mención en el escrito. De todas formas, no creemos que haya que pedir autorización al Comité de Empresa (formado posiblemente por empleados que fueron contratados sin seguir la normativa) ni a la Junta de Personal, pues es el Alcalde el que tiene los poderes para darnos los datos o negárnoslos justificadamente.

Que en el último escrito presentado, en fecha 01.07.2008, lo que se solicitó es que como avanzaban las fechas para que se nos hubieran entregado los documentos solicitados, de la  Sra., Secretaria del Ayuntamiento diera Fe de que hasta ese día no se nos había entregado documentación alguna de la solicitada por este Concejal.


Que en fecha 9 de julio (8 días después de haber hecho la comparecencia) se nos entrega documentación en la que constan: (Se adjunta como documento nº 10)
a) Escrito de la Sra. Concejal Delegada del Área de Bienestar Comunitario y Seguridad  nos dice que:
1.- Según los Técnicos, la información solicitada afecta a los datos de carácter personal y que por ese motivo se nos entrega el listado a que se hacía referencia en el escrito  de 04-06-2008 y que nos entregó en ese momento.
2.- Que tanto el Comité de Empresa como la Junta de Personal están en contra de que se facilite la documentación al que suscribe. La Junta de Personal y el Comité de Empresa sí tienen acceso a la documentación y se la niegan a un Concejal para el ejercicio de sus funciones de control, pues, posiblemente, no interesa que se conozcan datos con ilegalidades cometidas.
3.- Que el Ayuntamiento tiene en la actualidad 620 Empleados para el servicio de 42.902 habitantes y ... turistas, etc. Parece que nos quiere dar a entender que hacen falta muchos empleados y que debido a la urgencia de atender ciertos servicios, se han hecho contratos que no han pasado por los trámites reglamentarios. "Menuda justificación"
Nos dice que en otros servicios: servicios sociales, niños tutelados, etc. hacen falta personas que los atienda con urgencia y por eso se hacen las contrataciones "a dedo". ¿No es motivo de preocupación el que se contrate así el personal porque, posiblemente, no se coja al más preparado e indicado sino al que quiere el político de turno...?
También nos dice que ahora se pretende hacer un Plan de Modernización y de Gestión de los Medios Personales en el cuatrienio 2007-2011 y que se puso en conocimiento del Pleno en fecha 13 de marzo pasado, (curiosamente cuando el que suscribe había presentado el primer escrito en 10 de marzo solicitando la información y se venía advirtiendo que se iba a hacer).

EN INFORME QUE SE NOS ADJUNTA SE AFIRMA, DICE,  SALVO ERROR U OMISIÓN LO QUE SIGUE:
A fecha 9 de julio, en la que se emitió el informe puede observarse:

En el Grupo A o I: De los 23 empleados de este Grupo, 7 han entrado haciendo oposición y son funcionarios y los 16 restantes se les ha hecho contrato sin pasar por las pruebas que corresponden

En el Grupo B o II: De los 48 empleados de este Grupo, 13  han entrado haciendo oposición de los que 7 son funcionarios, 5 laborales fijos y 1 laboral temporal y el resto, 35 se les ha hecho contrato sin pasar por las pruebas reglamentarias.

En el Grupo C o III: De los 108 empleados que componen este Grupo, 19 han entrado haciendo oposición, y el resto, 62 han entrado sin pasar las pruebas reglamentarias.

En el Grupo D o IV: De los 278 empleados de este Grupo, 166 han pasado la oposición y el resto, 112 no han pasado las pruebas reglamentarias.

En el Grupo E o V: de los 163 empleados que componen este Grupo, 13 han pasado concurso oposición y el resto 150, no han pasado prueba alguna.

Resumiendo: De las 620 contrataciones ( se entiende que no están en esta lista las contrataciones que se han hecho y que se han extinguido) que se han hecho en los últimos 8 años han pasado el concurso oposición reglamentario 218 empleados y el resto, 402 no han entrado por oposición.

Debe tenerse en cuenta que de los 218 que han hecho oposición, algunos entraron por "la puerta falsa" (sin oposición) y luego se sacaron plazas a concurso y las han aprobado y que muchas contrataciones más, se han hecho sin oposición y que como, por un concepto u otro, la relación contractual ha terminado, no figuran el listado.

No tenemos las contrataciones de 2 años (pedimos 10 años y nos dan los datos de los 10 últimos) y que hemos solicitado y que como puede observarse, al parecer, no se nos van a dar por ser "de carácter personal"

CONCLUSIONES:
a) Por lo que puede observarse, de las 620 contrataciones de los 8 últimos años, 402 (65%) no se ajustan a la legalidad que exige la Constitución Española y el resto 218, (35%) si deben ajustarse. (Faltan los de contratación extinguida)
b) Que estas contrataciones se hacen a capricho del político (Sr. Alcalde y Sra. Concejal de Personal), no por urgencias ni necesidades sino, posiblemente,  para beneficiar a sus amigos y allegados, suponemos, para buscar apoyos posteriores tanto de ellos como de sus familiares en futuras elecciones, sin tener en cuenta que todos debemos ser iguales ante la ley.
c) Que ya que no se le hace entrega a este Concejal, creo, que con todo el derecho de la documentación solicitada, se le envía a esa Fiscalía para que recabe del Ayuntamiento la documentación que no se me ha entregado ni,  al parecer, se me quiere entregar, a fin de esclarecer si las contrataciones se han hecho ajustadas a derecho o por el contrario, no se ajustan.
d) Se le pidan las responsabilidades a que haya lugar, tanto al Sr. Alcalde como a la Sra. Concejal de Personal por haber infringido las normas de la Constitución Española, la Ley de Bases de Régimen Local y el nuevo Estatuto del Empleado Público, de manera continuada, en materia de contratación.
e) Se haga realidad y a la mayor brevedad un Plan de Empleo para que se le pueda dar legalidad y estabilidad al personal contratado de manera fraudulenta.

En la Villa de Adeje, 17 de Julio de 2008