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Dentro de la Dación de Cuentas del Pleno de Febrero de 2007 encontramos en la Resolución 180/2006 un pago a la empresa Codetusa por trabajos de co-organización del XV Torneo de fútbol Villa de Adeje, por importe de 30.000 €.
           Se hizo la correspondiente pregunta, en el Pleno,  de que trabajos hacía en la organización del torneo y cuando se había hecho la contratación.
           Se nos contestó que preguntara en Intervención o en el Departamento de Deportes y que se nos daría información al respecto.
           Se preguntó en los distintos departamentos y no obtuvimos contestación satisfactoria.
           En 07/05/2007 solicitamos información a la Empresa E-INFORMA S.A. sobre la titularidad de Codetusa S.A.  y  los datos generales sobre la misma.
           Comprobamos que el Administrador Único era D. FRANCISCO GARCÍA SANTAMARÍA (Candidato a la Alcaldía de Arona por el Partido Socialista), que había sido nombrado en 27/01/2006, que tiene el C.I.F.: A-38250775,que tiene un capital social de 60.101,21 €, capital desembolsado de 15.025,3 €, nº de empleados, 2, que las ventas del último año fueron de 50.969,75€ y que el resultado del último año fue NEGATIVO y su objeto social: La promoción, gestión, compraventa y comercialización de servicios relacionados con actividades deportivas, turísticas, artísticas y culturales.
           A la vista de la información,  en fecha 31 de julio de 2007 , se solicita del Sr. Alcalde se nos diera copia de los expedientes de contratación con la empresa Codetusa de los diez últimos años.
           El día 27 de septiembre de 2007, se reitera solicitud porque al día de la fecha, 58 días después de haberlos pedido,  no se nos había entregado ningún documento al respecto.
           En fecha 8 de octubre de 2007,comparezco en el Ayuntamiento para retirar los documentos solicitados y el Sr. Secretario, en mi comparecencia, me comunica que después de haberlos solicitado al departamento de Deportes,  no puede dármelos porque no se los han enviado.
           En fecha 11 de Octubre de 2007, me presento de nuevo en el Ayuntamiento y se me hace entrega de parte de la documentación ( del año 1997 al 2000, ambos inclusive).
El mismo día 11 de octubre solicito comparecencia ante el Secretario para comunicarle que me habían entregado parte de la documentación y que a la mayor brevedad, se me haga entrega de los documentos del 2001 (inclusive) en adelante.
           En fecha 22 de octubre de 2007 se me hace entrega de  los dos expedientes correspondientes a 2005.
                                                          ( 1 )
El 23 de octubre, comparezco nuevamente ante el Sr. Secretario solicitando la entrega de los expedientes que me faltan: 2001,2002,2003,2004, 2006 y 2007 y me contestó que no los tenía, por lo que solicité su entrega, a la mayor brevedad.
           El 26 de octubre se me hace entrega de los expedientes correspondientes a los años 2001,2002,2003 y 2004.
           El mismo 26 de octubre comparezco ante el Sr. Secretario solicitando los dos expedientes que me faltan: 2006 y 2007, donde se me comunica que en el año 2007 no se había contratado nada a Codetusa y que la misma participó de forma voluntaria con el Ayuntamiento para la organización del torneo de ese año. A su vez, según indico a esta secretaría en el año 2006 se procedió a realizar un reconocimiento de crédito a la factura presentada por Codetusa por los servicios prestados a la Corporación.
           El día 31 de octubre solicito de nuevo como consecuencia de la comparecencia anterior, que si en 2006 no hay expediente, que se me entregue copia de la factura y del expediente de intervención al efecto. Que si algún año no hay expediente y sin embargo se haya realizado el trabajo por parte de la empresa Codetusa y aún no se haya cobrado la factura, se nos entregue copia de la parte de documentación que exista.
                       En fecha 20 de noviembre comparezco de nuevo ante el Ayuntamiento y se me informa que no tengo a mi disposición la documentación.
           En fecha 30 de noviembre se me hace entrega de la factura y oferta económica de Codetusa para 2006, únicos documentos obrantes para ese año,
           ESTUDIO DE LA DOCUMENTACIÓN APORTADA:
AÑO 1997.- ORGANIZACIÓN TORNEO DE FÚTBOL.-
DOCUMENTOS DE QUE CONSTA:
1.- 18/04/1997, PROVIDENCIA: Ordena:  Iniciar el expediente para la Organización del Torneo a celebrar los días 2, 3 y 4 de mayo, Emisión de Informes y Elevar el expediente a la Comisión de Gobierno.
2.- 18/04/1997, El Concejal solicita la adopción de los siguientes acuerdos: Formalizar con Codetusa el contrato, Autorizar el gasto (1.500.000 pts) a favor de D. Francisco García Santamaría Director Gerente de Codetusa y dar traslado de los acuerdos.
3.- 21/04/1997, Informe Jurídico: Contrato menor por no llegar a los 2.000.000 . ACUERDOS: Contratar a la empresa Codetusa; Formalizar el contrato; Autorizar, Disponer y Ordenar el Pago; Dar traslado de los acuerdos
4.-21/04/2007,Informe de Intervención: Se remite al Informe Jurídico.
5.- 24/04/1997, Certificación Comisión de Gobierno aprobando: Formalizar con Codetusa el contrato, autorizando para la firma del mismo a D. Carmen Nieves Rodríguez Fraga; Autorizar el Gasto;
6.- NO HAY CONTRATO FIRMADO NI FACTURA.
AÑO 1998.- ORGANIZACIÓN TORNEO DE FÚTBOL
DOCUMENTOS DE QUE CONSTA:
1.- 02 / 03 / 1998, PROVIDENCIA.- Ordena: Iniciar expediente para el VII Torneo los día 24,25 y 26 de abril; Emisión de Informes y Elevar el Expediente a la Comisión de Gobierno.
2.- 02/03/0998, El Concejal solicita la adopción de los siguientes acuerdos: Formalizar el contrato con Codetusa; Autorizar el gasto de 1.500.000 pts a D. Francisco García Santamaría, Director Gerente de Codetusa. Y dar traslado de los acuerdos.
                                                                      ( 2 )
3.-03/03/1998, Informe jurídico exactamente igual a de 1997. Propone Contratar a al empresa Codetusa; Formalización del Contrato, facultando para la firma a D,: Carmen Nieves Rodríguez Fraga; Autorizar, Disponer y Ordenar el gasto de 1.500.000 pts y dar traslado a Codetusa.
4.- 03/03/1998, Informe de Intervención igual al del 1997
5.- (SIN FECHA) Escrito del Sr. Concejal proponiendo a la Comisión de Gobierno los acuerdos propuestos en el informe jurídico. NO TIENE FIRMA
6.- 27-03-1998, ACUERDO DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO, donde se acuerda: Contratar con la empresa Codetusa; Formalizar el correspondiente contrato Facultando para la firma a D. Carmen Nieves Rodríguez Fraga; Autorizar, Disponer y Ordenar el gasto
7.- NO HAY CONTRATO ALGUNO, NI FACTURA

Sin tener informe Jurídico y de Intervención, solicita se acuerde: contratar con Codetusa y autorizar el gasto de 1.500.000 pts a D. Francisco García Santamaría.

AÑO 1998.- CIERRE ECONÓMICO DEL VII TORNEO E INICIO DE GESTIÓNES PARA CONTRATACIÓN CLUBES PARA EL VIII TORNEO
DOCUMENTOS DE QUE CONSTA:
1.- 09/06/1998, PROVIDENCIA: Ordena : Iniciar el expediente; Emitirse Informes y  Elevar el expediente a la Comisión de Gobierno.
2.- 09/06/1998, PROPUESTA DE ACUERDOS: Formalizar con Codetusa el contrato; Autorizar el gasto de 1.000.000 pts a D. Francisco García Santamaría; Dar traslado de los acuerdos
3.- 09/06/1998, INFORME JURÍDICO: En los mismos términos que en el de Organización, también proponiendo para la firma a D. Carmen Nieves Rodríguez Fraga.
4.- 09/06/1998, Informe del Interventor en los mismos términos que los dos anteriores.
5.- NO CONSTA EN EL EXPEDIENTE: NI ACUERDO DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO, NI CONTRATO, NI FACTURA
Como podemos observar, la suma de estos dos contratos,  a la misma empresa,  en el mismo ejercicio,  se elevo a 2.500.000 que sobrepasa el importe del contrato menor  y toda la documentación y acuerdo, de esta última, se hizo en 1 día.

AÑO 1999.- ORGANIZACIÓN DEL VIII TORNEO
DOCUMENTOS DE QUE CONSTA:

1.- 23/04/1999,PROVIDENCIA donde se Ordena: Iniciar Expediente para contratar a Codetusa para tareas de organización del Torneo; Emitir los Informes oportunos y Elevar el expediente a la Comisión de Gobierno.
2.- 23/04/1999, EL CONCEJAL DEL ÁREA PROPONE LOS SIGUIENTES ACUERDOS: Contratar con Codetusa para organización del VIII Torneo. Autorizar el gasto y abonar el pago de 1.800.000 pts a D. Francisco García Santamaría. Dar traslado de los acuerdos.
3.- 23/04/1999, INFORME JURÍDICO en iguales términos que los del pasado año 1998 y autorizando para la firma a D. Carmen Nieves Rodríguez Fraga
4.- 26/04/1999, INFORME DE INTERVENCIÓN: En iguales términos que los anteriores.
                                                          ( 3 )
5.- 30/04/1999, CERTIFICACIÓN DE LA SESIÓN DE LA  COMISIÓN DE GOBIERNO:  Donde se acuerda: Formalizar el contrato con Codetusa. Autorizar el gasto y abonar el pago de 1.800.000 pts. a D. Francisco García Santamaría.
6.- NO APARECE CONTRATO FIRMADO NI FACTURA.
Otra vez se hace el informe Jurídico y de Intervención a con posterioridad a la propuesta de acuerdos del Concejal encargado del Área

AÑO 1999.- ANÁLISIS Y CIERRE DE LA EDICIÓN DEL TORNEO
DOCUMENTOS DE QUE CONSTA:
1.- 15/12/1999, PROVIDENCIA.- Ordena: Iniciar el expediente para el análisis y cierre de la edición del Torneo de Futbol Juvenil Villa de Adeje. Emitir Los informes oportunos y Elevar el correspondiente a la Concejalía del área de Actividades Socioculturales.
2.- 15-12-1999, PROPUESTA DE ACUERDO: Formalizar el contrato con Codetusa por 2.000.000 de pts. Autorizar el gasto y abonar el pago a D. Francisco García Santamaría y dar traslado de los acuerdos.
3.- 15/12/1999, INFORME JURÍDICO: En los mismos términos que los anteriores y propone acuerdos: Contratar con la empresa Codetusa. Formalizar el correspondiente Contrato, facultando para la firma a D, Julio Gonzalo Delgado Díaz. Autorizar, disponer y ordenar el gasto de 2.000.000 pts. Dar traslado de los acuerdos.
4.- 16/12/1999, INFORME DE INTERVENCIÓN: En los mismos términos que los anteriores.
5.- 17/12/1999. RESOLUCIÓN 19/99, de los Concejalía del Área de Actividades Socioculturales donde Resuelve: Formalizar el contrato con Codetusa. Autorizar el gasto y abonar el pago a D. Francisco García Santamaría por 2.000.000 pts y Dar traslado de los acuerdos adoptados
6.- NO APARECE CONTRATO NI FACTURA.

AÑO 1999.- INFLUENCIA DEL TORNEO EN EL AMBITO DEPORTIVO CANARIO
DOCUMENTOS DE QUE CONSTA:
1.- 15/12/1999.- PROVIDENCIA: Ordena lo mismo que en los anteriores.
2.-15/12/1999.- PROPUESTA DE ACUERDO: Formalizar con Codetusa el contrato por 1.000.000 de pts.. Autorizar el gasto y Ordenar el pago
3.- 15/12/1999,INFORME JURÍDICO: En los mismos términos que los demás, propone los acuerdos: Contratar a la empresa Codetusa  para el estudio de la influencia del Torneo en el ámbito deportivo canario. Formalizar el contrato facultando para la firma a D. Julio Gonzalo Delgado Díaz. Autorizar, disponer y ordenar el gasto de 1.000.000 pts.
4.- 16/12/1999, INFORME DE INTERVENCIÓN: Igual a los anteriores.
5.- 17/12/1999, Resolución 21/99 del Concejal del Área de Actividades Socioculturales resuelve: Formalizar el contrato con Codetusa, Autorizar el gasto y abonar el pago a D. Francisco García Santamaría.
6.- NO EXISTE CONTRATO EN EL EXPEDIENTE NI FACTURA.

AÑO 1999.- INICIO DE GESTIONES PARA CONTRATAR CLUBES PARA CONFECCIONR EL CARTEL DE VIII TORNEO DE FÚTBOL.
DOCUMENTOS DE QUE CONSTA:
( 4 )

1.- 15/12/1999, PROVIDENCIA: Ordena Lo mismo que las anteriores. En el segundo párrafo dice que es para el IX torneo y donde dice INICIESE ... VIII torneo
2.-15/15/1999,  PROPUESTA DE ACUERDOS: Contratar Con Codetusa por 1.500.000 pts para el inicio de gestiones para contratar a clubes para confeccionar el cartel del IX torneo. Autorizar el gasto y abonar el pago.
3.-15-12-1999,  INFORME JURÍDICO: En los mismos términos que los anteriores
4.- 16/12/1999, INFORME DE INTERVENCIÓN. Igual que los demás.
5.- 17/12/1999, RESOLUCIÓN 20/99, del Concejal donde acuerda: Se formalice el contrato, autorizar y abonar el pago
6.- NO EXISTE CONTRATO EN EL EXPEDIENTE NI FACTURA.
    La suma de estos 4 contratos con la misma empresa en 1999 (año electoral) suman la cantidad de 6.300.333 pts y se hicieron los tres últimos en las mismas fechas al final del año y sobrepasan las cifras para que pueda ser contrato menor (2.000.000)

AÑO 2000.- LABORES DE CO-ORGANIZACIÓN DEL TORNEO
DOCUMENTOS DE QUE CONSTA:

1.-18/04/2000, PROPUESTA: Iníciese el expediente, Emítanse los informes y Elévese a la tenencia de Alcaldía.
2.-24/04/2000, INFORME DE INTERVENCIÓN: En los mismos términos que los anteriores
3.- 24/04/2000, INFORME JURÍDICO: En los mismos términos que los anteriores y recorta las propuestas de acuerdo.
4.- 12/05/2000, RESOLUCIÓN 46/00 DONDE RESUELVE: Destinar 2.000.000 pts. Para contratar a la empresa Codetusa, Autorizar y abonar el pago de 2.000.000 a Codetusa y en representación suya a D. Eloy García Santamaría ( No consta documento para que D. Eloy García pueda ejercer la representación en nombre de Codetusa)
5.- 03/11/2000, Aparece la factura de Codetusa por un valor de 2.000.000 ptas. Firmada también por D. Eloy García Santamaría ( Sin represantación)
6.-NO APARECE CONTRATO EN EL EXPEDIENTE

AÑO 2000.- LABORES DE CONSOLIDACIÓN Y DIFUSIÓN DE IMAGEN DEL EVENTO DEPORTIVO
DOCUMENTOS DE QUE CONSTA:

1.- 19/04/2000, PROPUESTA: Igual que en los anteriores
2.- 24/04/2000, INFORME DE INTERVENCIÓN: En los mismos términos que los anteriores.
3.- 24/04/2000, INFORME JURÍDICO: Igual que en el expediente anterior.
4.- 12/05/2000, RESOLUCIÓN 48/00 donde resuelve:  Destinar la cantidad de 2.000.000 a la empresa Codetusa para que desempeñe labores de consolidación y difusión de imagen del IX torneo y en representación suya a D. Eloy García Santamaría (No consta documento para poder ejercer la representación en nombre de Codetusa)
5.-03/11/2000, FACTURA POR 2.000.000 PTS POR LA DIFUSIÓN E IMAGEN. (Tambien firmada por D. Eloy sin capacida para ejercer la representación)
                                                          ( 5 )
6.- NO HAY COPIA DEL CONTRATO.
Como puede observarse los dos contratos del año 2000 suman 4.000.000 de pts.y sobrepasa la cantidad máxima para los contratos menores( 2.000.000)

AÑO 2001. CO-ORGANIZACIÓN, DIFUSIÓN E IMAGEN DEL TORNEO
DOCUMENTOS QUE LO INTEGRAN:

1.- 23/04/2001, PROVIDENCIA: Igual que en los años anteriores.
2.- 02/05/2001, PROPUESTA DE ACUERDO: D. JULIO GONZALO DELGADO DÍAZ, TENIENTE DE ALCALDE PROPONE LOS SIGUIENTES ACUERDOS: Aprobar la negociación llevada a cabo con Codetusa. ADJUDICAR a la entidad Codetusa  los servicios. Que se notifique al contratista el presente acuerdo.
3.- 23/04/2001, INFORME JURÍDICO: Al cambiar la Ley este año 2/2000, de 16 de junio, cambia totalmente el informe jurídico: Los contratos por el procedimiento negociado y sin publicidad se pueden hacer siempre que no sobrepasen los 5.000.000 de pts.   Nos llama la atención que se haga mención al apartado )b del artículo 208: “ cuando por razones técnicas o artísticas o relacionadas con la protección de derechos exclusivos tan sólo pueda encomendarse el objeto del contrato a un único empresario.” Continúa: Siendo este el caso, pues la entidad CODETUSA  ha colaborado duranrte varios años, en la coorganización de este Torneo... POBRES RAZONES PARA MENCIONAR EL ART. 208, PUES SE DEDUCE QUE SÓLO CODETUSA ERA CAPAZ DE HACER EL TRABAJO (DEBE SER EL MONOPOLIO DEPORTIVO CANARIO, COMO UNELCO LO ES DE ELECTRICIDAD).
Dice el expediente que la tramitación del expediente comprende:
Aprobación por el Órgano de Contratación (Concejal Delegado) , previa o conjuntamente a la autorización y, en su caso, licitación, de los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas que hayan de regir la ejecución del contrato. (APROBADO POR RESOLUCIÓN 28/01 PAG. 26 EXP.).
Invitación a un mínimo de tres empresas cualificadas para poder licitar enviando  junto con las invitaciones, los pliegos de cláusulas y prescripciones técnicas que han de regir el procedimiento. En este caso, simplemente se procederá a invitar a la empresa Codetusa. (SE INVITA SÓLO A UNA EMPRESA, CODETUSA)
Negociación con las empresas invitadas, en la que habrá de determinarse el cumplimiento de los pliegos y condiciones establecidas... (NO SE CUMPLE)
Formalización del contrato... (NO HAY CONTRATO)
Ejecución del contrato...( NO HAY DOCUMENTO)
Fiscalización del Interventor ( NO CONSTA EN EL EXPEDIENTE.
EN CUANTO AL PLIEGO DE CONDICIONES (APROBADO EN RESOLUCIÓN 28/01): Entre otros dice que los licitadores deberán acreditar;
-    Solvencia económica, financiera y técnica. (NO CONSTA)
-    Informe de instituciones financieras, o justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales (NO CONSTA)
-         Titulaciones académicas y profesionales de los empresarios y del personal de dirección de empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato( NO CONSTA)
-         Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años...(NO CONSTA)
         ( 6)
-         Descripción DEL equipo técnico y de las unidades técnicas participantes en el contrato...(NO CONSTA)
-         Declaración del material, instalaciones y equipo técnico... (NO COSTA)
-         Declaración de las medidas adoptadas por los empresarios para controlar la calidad ... (NO CONSTA)
-         Dentro del Contenido de las Proposiciones hay 7 Y NO CUMPLE NINGUNA. (Entre ellas : Cuando el interesado actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo... EN ALGUNOS DOCUMENTOS NO FIRMA EL ADMINISTRADOR ÚNICO Y NO EXISTE DOCUMENTO DE REPRESENTACIÓN (Factura)
-         En cuanto a la mesa de contratación dice que no será necesaria. ( ES LÓGICO PORQUE SE DARÁ A DEDO A CODETUSA)
-         En cuanto a la formalización de contrato: dice: El adjudicatario queda obligado a suscribir, dentro del plazo de treinta días naturales, desde la fecha de notificación, el documento administrativo de formalización de contrato. ( NO EXISTE CONTRATO)
02/05/2001.-RESOLUCIÓN 32/01 Entre otros dice: “Visto que se ha procedido a llegar a una negociación satisfactoria con la empresa Codetusa, resultando aceptadas todas y cada una de las condiciones establecidas en el pliego de cláusulas administrativas aprobadas por esta Concejalía”. (ARREGLO ENTRE DOS)
“Por todo ellos, y en virtud de las competencias atribuidas a esta Concejalía Delegada por Resolución del Alcalde Presidente de la Corporación nº 5/99 de fecha 5 de julio de 1999 (RESPONSABLES DE ESTAS IRREGULARIDADES: EL SR. ALCALDE QUE DELEGA Y EL CONCEJAL DEL AREA EN QUIEN DELEGÓ) En esta Resolución se tomaron los siguientes acuerdos: Aprobar la negociación llevada a cabo con Codetusa... Adjudicar a la entidad Codetusa la contratación de los servicios... por el importe de 4.750.000 pts (28.548,07 €)
14/05/01 Factura  presentada por Codetusa por importe de 4.700.000 pts y firmada por representante sin documento que lo acredite, (El torneo se celebraría los días 18,19 y 20 mayo de2001. Se presenta la factura antes de hacer el trabajo)
Vemos en el expediente en la página 26-bis la Resolución 29/01 de contrato con agencia de viajes, que también debe investigarse su regularidad así como la contratación con las empresas de alojamiento de los jugadores y acompañantes.
                                             
AÑO 2002.- COORGANIZACIÓN, DIFUSIÓN E IMAGEN DEL TORNEO DE FÚTBOL JUVENIL VILLA DE ADEJE.

Está prácticamente copiado del  año anterior y con los mismos incumplimientos a los que hay que añadir:
a)      Se vuelve a invitar a una sola empresa, CODETUSA
b)      No se aprueban los pliegos de condiciones que dice el informe jurídico
c)      No se aprueba el Expediente administrativo de Contratación.
d)      No se aprueba el gasto de 28.548,07 € ( Igual que el año anterior)
e)      No aparece factura
f)       No hay contrato
g)      No hay mesa de contratación (Vuelve a concederse “a dedo”)
Si hay una resolución 27/02 de la Tenencia de Alcaldía por Delegación del Sr. Alcalde que acuerda:
a)      Aprobar la negociación con Codetusa ...
( 7 )
b)      Adjudicar a Codetusa la contratación.
c)      Notificar al Contratista.

AÑO 2003 . COORGANIZACIÓN, DIFUSIÓN E IMAGEN DEL TORNEO DE FUTBOS JUVENIL VILLA DE ADEJE

Vuelve a estar prácticamente copiado del de los dos años anteriores. En este caso el informe jurídico y de intervención vienen juntos y al comienzo dice: que se insta para la contratación de los servicios de una empresa para realizar labores de coorganización, difusión e imagen del XII torneo de fútbol y más adelante  en donde dice CONLUSIÓN dice: “se informa favorable el expediente de contratación de  una agencia de viajes para el traslado de los miembros de cada equipo...”.
La Contratación este año es de 28.549 €, 0,50 € más que en los dos años anteriores.
Volvamos a los mismos incumplimientos que en los dos años anteriores, esta vez superados: (Cada año más incumplimientos)
a)      Invitación a una sola empresa, CODETUSA
b)      No hay aprobación de los Pliegos de Condiciones
c)      No se aprueba el expediente administrativo de contratación
d)      No se aprueba el gasto
e)      No hay contrato
f)       No hay mesa de contratación
g)      No se aprueban las negociaciones
h)      No hay aprobación de la contratación
i)        Sí aparece una propuesta de acuerdo.
j)        NO APARECE NINGUNA RESOLUCIÓN APROBANDO LO ANTERIOR, APROBANDO LA CONTRATACIÓN,  NI ELPAGO
k)     Sí aparece factura ilegal porque la firma un representante sin documento que lo atestigüe.

AÑO 2004.- COORGANIZACIÓN Y DIFUSIÓN DEL XIII TORNEO DE FÚTBOL JUVENIL VILLA DE ADEJE

La contratación, este año es por 29.000 €.
El informe Jurídico y de Intervención es prácticamente igual al del pasado año pero con una variante: No se hace mención en este caso al Art. 208 al que se ha hecho mención en los años 2001, 2002 y 2003.(Está reproducido en el correspondiente a 2001), por lo tanto vuelven a haber los incumplimientos:
a)      Se invita a una sola empresa (CODETUSA)
b)      No hay aprobación de pliegos de condiciones
c)      No se aprueba el expediente administrativo de contratación .
d)      No se aprueba el gasto
e)      No hay contrato
f)       No hay mesa de contratación
g)      No aparece factura
En resolución 32/04 sí se aprueban las negociaciones, adjudicar a Codetusa la contratación y abonar a la Empresa Codetusa 28.548 €

( 8 )

AÑO 2005.- COORGANIZACIÓN Y DIFUSIÓN DEL XIV TORNEO DE FÚTBOL JUVENIL VILLA DE ADEJE.

Este es el único expediente de la totalidad en que, al parecer, hay pocos incumplimientos.
a)      Se invita a tres empresas (sólo una se presenta)
b)       Se aprueban los pliegos de condiciones
c)      Se aprueba el expediente de contratación
d)      Se aprueba el gasto (30.000 €)
e)      Sí hay contrato
f)       Si hay mesa de contratación ( Se adjudica a Codetusa por 25.000 €)
g)      No aparece factura.

AÑO 2005.- ORGANIZACIÓN Y COMUNICACIÓN A LOS MEDIOS INFORMATIVOS.

INFORME JURÍDICO: Es un contrato menor (5.000 €). Cierto, pero ya se había hecho otro contrato para el mismo evento y en el mismo año en el que “curiosamente” hay una aprobación de gasto de 30.000 € y en la puja, bajó la empresa CODETUSA a 25.000€, “5.000€ a la baja”... y ahora aparece otra contratación por 5.000 € que, a nuestro entender, procedía la suma de los dos. (EL PRIMERO ERA POR COORGANIZACIÓN Y DIFUSIÓN Y EN ÉSTE ORGANIZACIÓN Y COMUNICACIÓN A LOS MEDIOS INFORMATIVOS. ¿NO SE SOLAPAN?
Se pagó con la Resolución 48/05. No aparece factura, ni contrato.

AÑO 2006.- COORGANIZACIÓN DEL XV TORNEO DE FÚTBOL VILLA DE ADEJE

TODO EL EXPEDIENTE DE 2006 CONSTA DE :
UN PRESUPUESTO: 30.000 €
UNA FACTURA: 30.000 €
UNA RESULUCIÓN 180/2006: A CODETUSA, por trabajos de co-organización del xv Torneo de fútbol Villa de Adeje, por importe de 30.000 €

AÑO 2007.-
SOLICITADO EL EXPEDIENTE CON LA EMPRESA CODETUSA SE NOS COMUNICA EN COMPARECENCIA ANTE EL SR. SECRETARIO QUE :
“Por parte de Secretario Accidental se informa que por el departamento que tramitó los expedientes se ha indicado que en el año 2007 no se ha contratado ningún servicio a la entidad Codetusa y que la misma participo de forma voluntaria con el Ayuntamiento para la organización del torneo de ese año”

Cuando menos, “curioso” ¿No se pretendería hacer igual que en el año anterior, 2006, presentar una factura y cobrar y, a la vista de que pedimos la documentación, “levantamos la liebre”, y aparece esta contestación, con lo que, supuestamente, le ahorramos a la Corporación Adejera 30.000 €.
                                                              ( 9 )
SE SOLICITARÁ DE LA FISCALÍA, CUANDO SE PRESENTE LA DENUNCIA, QUE SE APLIQUE EL ART. 404 DEL CÓDIGO PENAL

                                               ( 10 )
ÚNICO.- Artículo 404. Código Penal:
A la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años.

Adeje, 3 de Enero de 2007
Fdo.: Emiliano Alfredo Goñi Martín
Concejal por CC-PNC en el Ayuntamiento de Adeje