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Tenerife 11 de Marzo de 2010
La insatisfacción social, en torno
a la Justicia, no se resuelve sólo
con la mediación
La justicia no esta bien considerada socialmente, ni como poder, ni como servicio público, hoy no estoy descubriendo nada nuevo, pues este es un fenómeno endémico en ella, o al menos, a mi me lo parece tras treinta y cinco años de servicio dedicado a la misma, ya que soy uno de los pocos sujetos de los que ha tenido la oportunidad de ocupar, y tocar todos los palos que la integran, e incluso hasta del presunto implicado, gracias al buen hacer de Coalición Canaria, cuando insto mi imputación como presunto autor de un delito electoral en el año 2003.

Consideración social negativa, que continuos y desafortunados pronunciamiento ratifican que hace falta un cambio profundo y estructural del sistema, tanto a favor de la atención de los realmente débiles económicamente, y no de aquellos que con su hacer sólo lograran llevar a este campo un nuevo sistema análogo al de prestación sanitaria en Canarias, con largas listas de espera y comportamiento desleales con los profesionales liberales auténticos, y que sólo representa un mal entendimiento del Estado de Bienestar respecto de los servicios público. 

Por eso,  cuando leíamos que el Consejo de Ministro del viernes 19 de Febrero de 2010, presentaba y aprobaba una nueva Ley de Mediación para desatascar la Justicia, y que en esta medida sólo se aludía a una reforma civil de los litigios, cuya cuantía no superaran los seis mil euros, a uno como profesional le ha sorprendido por la falta de miras. 
Y lo decimos porque el sistema judicial español requiere una innovación real sustancial, que no consista en configurar un nuevo burócrata, al que nominemos mediador, es decir, versión funcionarial de un nuevo modelo de Juez, cuya condición sólo es ostentar la condición de licenciado en derecho, lo que llevará a optar por el puesto a inexperto e incapaces individuos/as de afrontar situaciones que él no ha podido conocer en su hacer profesional.

Pues transar, es algo más que el mero hecho de ceder, ya que como acertadamente iniciaba el articulista de la Vanguardia en su edición del sabado, página 29, su información   <<más vale un mal acuerdo que un buen juicio>>, lo que por otro lado, no  es si no dar a conocer un principio sustancial al hacer profesional ordinario, y que refleja la obtención por vía del consenso de una tercera vía que es la que brinda el mediador.

No cabe imputar el atascamiento de la justicia a los litigiosos civiles, sino que también se dan en el ámbito administrativo, donde resulta imprescindible el arbitraje, ya que ello libraría a los órganos de la jurisdicción de un gran volumen de asuntos, ejemplo responsabilidades por mal funcionamiento del servicio, función a desempeñar por órganos paritarios constituidos entre la administración y los ciudadanos.

E incluso en el campo penal, porque ha llegado el momento de excluir de manera definitiva la judicialización de  las faltas, al ser meros hechos administrativos que deben ventilarse en las propias oficinas policiales a través de una mera sanción como acontece con el tráfico, y además cuando las privadas sólo son perseguibles a instancia de parte.
 
Y en el ámbito laboral requerir que las sendas conciliaciones sean más efectivas, y además que el litigio se reduzca a la última expresión, a lo esencialmente litigioso, y no a un apuramiento mal entendido de que ésta Jurisdicción le es más favorable al empleado.

Todas estas opciones, unido a un mayor control del derecho al beneficio de justicia gratuita, que debe ser satisfecho por el talón judicial al ciudadano, y con mayor potenciación de los despachos ya establecidos, en orden a alcanzar el consenso mediatorio, quizás ayude a un cambio judicial real, pero no vale una norma aislada y parcial, ya que no debemos olvidar que el servicio público de la justicia no es hoy gratuito.

Juan Manuel Fernández del Torco Alonso. 
Presidente del Centro Independiente de Canarias (CiCan)