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Tenerife 15 de Mayo de 2009
El mantenimiento del secreto en actuaciones
judiciales afecta a la esencia del Estado
de Derecho
Los Jueces de Instrucción de cualquier rango, sea el Tribunal Superior, el Juez de Instancia de un término judicial perdido o de la capital del reino, están adoptando un modelo de investigación harto dudoso, ya que han convertido lo que era la excepción en la regla general.
Me refiero al secreto de las actuaciones, pues con ello se está volviendo a un procedimiento inquisitorial ya abandonado en la historia de los tiempos, porque el secreto de los procedimientos no sólo perjudica a la víctima del hecho sino también al autor del mismo, en cuanto cercena el derecho de defensa, que constituye una pieza bipolar sobre la que debe funcionar la Justicia en un Estado de Derecho.
Pues para aquellos que llevamos años en el ámbito judicial, y que somos de los pocos o poquísimos que podemos jactarnos de poder decir hemos ocupado todos los banquillos que configuran un tribunal de Justicia, incluso hasta el de presunto imputado, aunque sólo lo fuera o fuese por delito electoral, no entendemos la moda del secreto del procedimiento y menos aún, secretos de procedimientos que se prorrogan automáticamente mes a mes, y año a año, que parecen que con ello estuvieran buscando el Sagrado Grial o ir en busca del Arca Perdida.
Con ese comportamiento se olvidan, los Jueces y Fiscales, de algo que es trascendental en la tutela judicial efectiva, y es que ésta abarca dos pilares en el Estado Democrático, la presunción de inocencia y el derecho de defensa, y que este último se ve vulnerado cuando el hacer investigador se sustrae del principio de contradicción.
Y cuando el fenómeno acontece se afecta no sólo al Estado y al ciudadano inmerso en el hecho objeto de investigación sino que ello también se refleja sobre el colectivo poblacional general lo que hace restar confianza a la Justicia.
Los procesos secretos eran propios de la ley de Orden Público del General Franco y de la inquisición española, lo que era y es absolutamente ilegal para nuestra la Ley de Enjuiciamiento Criminal, aunque ésta prevé la declaración de secreto sumarial, limita su prorroga a una sola vez y además fija que el término no exceda de un mes, al tiempo que tiene que motivarse esta medida.
Declarar secreto las actuaciones judiciales, no implica que el procedimiento entre en el limbo judicial, y que su investigación se dilate en el tiempo hasta años, el no hacer público su contenido por parte de la autoridad instructora, es traer al primer plano instituciones cuasi obsoletas en la noches de los tiempos.
Pues realmente el ciudadano encartado sigue gozando de la presunción de inocencia, y sin embargo se ve constituido por tal declaración en una especie de esclavo de la curia, siempre marcado por el estigma del deshonor, y no cabe olvidar que la justicia rápida no es justicia pero que la justicia tardía tampoco lo es.
Juan Manuel Fernández del Torco Alonso
Presidente del Centro Independiente de Canarias (CiCan)
Señor Torco con respeto y sin animo de ofensa el que se prolongue un secreto de sumario no debe alarmar ni asustar a nadie que no tenga nada que esconder. Bien podriamos quejarnos igual de las "secretas formas" que tienen nuestros gobernantes -especialmente municipales- de gestionar los recursos y los dineros del ciudadano negociando a dedo la adjudicación de obras, contrataciones, servicios, suministros municipales sin el riguroso respeto a las maneras democraticas de pasar por un concurso publico abierto a ofertar oportunidades a otros ciudadanos. También podriamos quejarnos de la formas demasiado generalizadas de nuestros concejales de saltarse el procedimiento administrativo a la torera, incluso contra la democracia y el principio de igualdad de oportunidades. Demasiados ejemplos mas escandalosos que este al que ud. alude existen en esta democracia en pañales que sufrimos en Canarias. Un saludo cordial Sr. Torco de Nijota2 18.05.09