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Tenerife 13 de Febrero de 2009
El derecho a morir dignamente. Caso Eluana
El pasado mes de noviembre el Tribunal de Apelación de Milán,
autorizó a la familia Englaro a retirar la alimentación artificial de
su hija Eluana, y este fallo fue confirmado por el Tribunal Supremo,
el cual calificó de “tortura inhumana”.
Y frente a esta situación se ha creado una amplia polémica, no sólo legal sino también religiosa, la primera porque el ejecutivo de Berlusconi ha anunciado la presentación de un proyecto ley para detener la muerte de personas en situación vegetativa como era el caso de Eluana.
Pues, esta se encontraba en tal situación desde 1982, y con esa iniciativa legislativa, el Gobierno de Silvio Berlousconi, que pretendía aprobarla de manera inmediata, en un tiempo récord de dos o tres días, con el único objetivo de detener la muerte de esa mujer, y ello aconteció desde el instante en que el Presidente de la República, Giorgio Napolitano, rechazara firmar un decreto urgente del Gobierno italiano con tal objetivo.
Argumentando razones de fe y en tal sentido el Papa Benedicto XVI, ha pedido defender “con vigor la absoluta y suprema dignidad cualquier vida humana” en su mensaje para la Jornada Mundial del Enfermo, difundido por la oficina de prensa del Vaticano. Y añadió que “con el pasar de los tiempos, no cambia el mensaje de la Iglesia que proclama que la vida humana es bella y va vivida en su totalidad también cuando es débil y está envuelta en el misterio del sufrimiento”.
Benedicto XVI recordó que Juan Pablo II fue un “ejemplo de la aceptación paciente del sufrimiento y ofreció un ejemplo especialmente luminoso en el ocaso de su vida”. En el mensaje para la Jornada Mundial del Enfermo, que la Iglesia católica celebrará el 11 de febrero, el Pontífice expresa su “cercanía espiritual” a todos aquellos que sufren una enfermedad y muestra su apoyo a todos aquellos que se “dedican con amor a curar y aliviar los sufrimientos de quien atraviesa una enfermedad”.
Y en todos estos mensajes habla de la absoluta dignidad del ser humano, la cual también se ha de reflejar en el derecho a una muerte digna.
La libertad del sujeto, le da derecho a no sufrir, ni a tener que soportar tratamientos innecesarios e inútiles, ni a una prolongación ficticia de una vida no viable, porque éstos sólo le lleva a su degradación como ser ser humano, y al individuo le asiste el derecho a disponer de su vida y de su muerte, y un ejemplo paradigmático de ello lo fueron los mártires del cristianismo, quienes en las arenas del circo romano a los que eran arrojado adoptaban una posición de pasividad absoluta en defensa de su vida.
Por eso, no entendemos, ni compartimos que se pueda justificar la prolongación de una vida humana de manera artificial, porque ello en sí mismo encierra una tortura inhumana, y ello nos lleva a aplaudir el hacer efectuado en la clínica Quiete de Udine (noreste) de suspender la alimentación e hidratación que nutría a la italiana Eluana de 38 años, que vivió en el limbo de la existencia desde los 26 años, y que sólo se veía alimentada por sonda, esperando que su muerte aconteciera por deshidratación, y la sabía naturaleza acabó con el martirio el 10 de febrero de 2009.
Juan Fernández del Torco Alonso.
Doctor en Derecho.