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Granadilla 10 de Septiembre de 2009
Una desagradable sorpresa
Últimamente, parece que no hay manera de que
los hipotecados respiremos, si antes la amenaza
era el euribor,( hoy al 1,267%) y el conservar o no el puesto de trabajo, ahora parece que montamos un circo y nos crecen los enanos, a continuación, os resumo un modificación de la ley hipotecaria que en nada beneficia al común de los mortales, excepto a la contabilidad de las entidades financieras, si queréis leer la modificación completa visitad el BOE Núm. 107 Sábado 2 de mayo de 2009 Sec. I. Pág. 38497.

Y DICE ASI, “Artículo 9.
Si por razones de mercado o por cualquier otra circunstancia el valor del bien hipotecado desmereciese de la tasación inicial en más de un 20%, y con ello se superasen, en función del principal pendiente de amortizar, el 80% del valor de tasación, la entidad acreedora, previa tasación realizada por una sociedad homologada independiente, podrá exigir del deudor la ampliación de la hipoteca a otros bienes suficientes para cubrir la relación exigible entre el valor del bien y el préstamo o crédito que garantiza.

En el caso de que el deudor sea una persona física, el desmerecimiento al que se refiere el párrafo anterior deberá haberse mantenido durante el plazo de un año, a contar desde el momento en que la entidad acreedora haya hecho constar en el registro contable al que se refiere el artículo 21 el citado desmerecimiento.

El deudor, después de requerido para efectuar la ampliación, podrá optar por la devolución de la totalidad del préstamo o crédito o de la parte de éste que exceda del importe resultante de aplicar a la tasación actual el porcentaje utilizado para determinar inicialmente la cuantía del mismo.

Si dentro del plazo de dos meses desde que fuera requerido para la ampliación, el deudor no la realiza ni devuelve la parte de préstamo o crédito a que se refiere el párrafo anterior, se entenderá que ha optado por la devolución de la totalidad del préstamo o crédito, la que le será inmediatamente exigible por la entidad acreedora”.
En resumen si cuando le concedieron el crédito para la compra de su vivienda, se la valoraron en 100.000 €, y le prestaron 80.000 €, en caso de que el valor actual de la vivienda llegase a bajar de los 100.000 € iniciales, deberá aportar otras garantías, acciones, dinero, o avalistas, para garantizar la operación, o bien se estará expuesto a la bondad, y caridad de la entidad financiera, (como expresa el citado articulo 9 de esta modificación), debido a que las entidades financieras, también por ley, no podrán tener créditos cuyo importe sea superior al 80% de la Tasación oficial de la vivienda que garantiza dicho crédito.

¿Que pasará con las viviendas sobre-hipotecadas? ¿O sub-prime a la española? Evidentemente según algunos expertos, la banca no tomará medidas impopulares como estas, pero que alguien piense que no se van a aplicar por impopulares, ¿Nos permitirá dormir a pierna suelta?

Esperemos que no se les pase ni por la cabeza, mientras tanto, y para tranquilizar algo a los hipotecados, los propios bancos en caso de darse esta situación, deberán enfrentarse al Banco de España, para depositar garantías de igual modo que un particular ante ellos (claro siempre que no oculten en sus balances, las perdidas de valor de sus garantías), así que por el bien de todos, que se estabilice el mercado.

Cuando pase esta Crisis, más pronto que tarde, debería llegar la hora de la penitencia para las entidades financieras, que hacen leña del árbol caído, ahora mas que nunca, me resuena en la cabeza esa frase que oímos en todas las familias, empresas, y casi en todas las reuniones, en la que siempre se decía,

“ ¿…..mi banco?, me da todo lo que necesite, … sin problema, me lo dijo el director, que es amigo mío.
Como siempre una humilde opinión.

Exigir del deudor la ampliación de la hipoteca a otros bienes suficientes para cubrir la relación exigible entre el valor del bien y el préstamo o crédito que garantiza.

En el caso de que el deudor sea una persona física, el desmerecimiento al que se refiere el párrafo anterior deberá haberse mantenido durante el plazo de un año, a contar desde el momento en que la entidad acreedora haya hecho constar en el registro contable al que se refiere el artículo 21 el citado desmerecimiento.

El deudor, después de requerido para efectuar la ampliación, podrá optar por la devolución de la totalidad del préstamo o crédito o de la parte de éste que exceda del importe resultante de aplicar a la tasación actual el porcentaje utilizado para determinar inicialmente la cuantía del mismo.

Si dentro del plazo de dos meses desde que fuera requerido para la ampliación, el deudor no la realiza ni devuelve la parte de préstamo o crédito a que se refiere el párrafo anterior, se entenderá que ha optado por la devolución de la totalidad del préstamo o crédito, la que le será inmediatamente exigible por la entidad acreedora.
Comentarios
pues estamos arreglados, estos de la banca al Gobierno Rogando y con el Mazo dando, a mi tambien me decian eso, de lo que necesites, pasate por aqui, sin problema, y ahora el director ni me atiende, esta liado ya el te llamará, o para que era? es que ahora mismo se va a la notaria, (al bar de enfrente) por que si no prestan, ni hipotecan ni el demonio, a que notaria van a ir? si por ejemplo en Granadilla teniamos 3 notarios, y ahora hay unos solo, y justito,.... a ver si se ve la luz en el tunel, porque de momento, lo parece que vemos es un camion de frente.Otro Granadillero, Rafael Mendez M.
Cualquier persona que conozca mínimamente como está el mercado hipotecario en otros países, sabrá que nunca una entidad bancaria te da un préstamo de más de un 75 u 80% del valor a hipotecar (en nuestro país esto era así más o menos hasta finales de los 90), pero en España las entidades bancarias con el bum de la burbuja inmobiliaria te daban desde un 100 a un 120% de préstamo, y nosotros los españolitos como es lógico si podíamos pillábamos el 120% para hacernos con la vivienda, el cochito y de paso amueblar, nos guste o no nos guste esto lo hemos hecho porque encima las entidades bancarias apenas nos pedían documentos para la hipoteca,¡ pero si incluso era suficiente con un contrato de tres meses y una nómina de 800 euros para darte 120.000 euros a 30 años!; teniendo en cuenta que los pisos españoles (en proporción a los salarios por supuesto), son los más caros de Europa e incluso en los USA están más baratos, teniendo en cuenta que los españoles somos dados en el caso de la vivienda a estirar mas la mano que la manga y si en lugar de poder pasar con un pisito de 40 o 50 m2., y para no ser menos que mi amigo, pues yo me lo compro de 80 y si puede ser de 150 mejor, y teniendo en cuenta que los promotores de los pisos los han subido hasta el infinito, si todo esto lo sumamos, en definitiva nos pasa lo que nos pasa. Es tristísimo lo que está pasando pues muchas familias están perdiendo su vivienda que con tanto cariño la compraron y por desgracia todavía nos seguirá pasando y encima la banca española que es un tiburón pero de los grandes se aprovecha de esta circunstancia, pero señores no olviden ustedes tampoco a las inmobiliarias que solo se dedican a vender los pisos, ya que aprovecha “que el Pisuerga pasa por Valladolid” y cobran en algunos casos unas comisiones que marean y vuelvo a repetir si sumamos todo el palo es para los que compramos nuestras viviendas. Es triste muy triste pero esto no tiene solución porque nosotros los compradores tampoco hemos querido que tenga.Guillermo Cristóbal Gutiérrez
Pues ahora que ZP va a presidir la Union Europea, que le toca a España, a ver si con valentia propone y defiende medidas que hagan que la banca gane dinero, cosa logica, pero sin que sean vampiros, cobrando comisiones y teniendo porcentajes leoninos, y pagando esos bobus a sus gestores que los convierten en ronaldos del papel. Es de verguenza que mientras todos nos ajustamos el cinturon, por nuestros errores si, pero lo hacemos, los banqueros no asuman los suyos y hasta el estado salga a taparles sus agujeros por la alocada gestion que hicieron durante años. Alfredo H.
a/a Guillermo Cristobal Gutierrez, estoy casi completamente de acuerdo con usted, pero no olvide usted, que los intermediarios "legales" han hecho facturas de sus ingresos, y se les podra controlar si cobraron o no comisiones abusivas, asi que el que se sienta engañado que reclame,si no lo hace, como vamos a saber quien es o no legal?.Pero parece que usted se ha saltado la figura del promotor, y asi que NO SE OLVIDE, que se metio a promotor el director del banco, el concejal, el aparejador, el charcutero, el carnicero, una señora que pasaba pro alli, un carpintero, y que todos, todos todos, jugaban con beneficios del 30% del coste de obra como mínimo, asi que no culpemos de que se caiga un avion de SPANAIR, a la agencia de viajes que vendio el billete,OJO, cada palo que aguante su vela, pero hay que ser justos Guillermo, los corredores de seguros no son culpables del precio que le ponga la compañia, ni la cajera del supermercado de los precios de la leche, ni el representante de cualquier compañia ( cervecera, refrescos, bebidas, y un largo etc.) los precios los fija EL MERCADO, LAS TASACIONES, Y EL PROPIETARIO, eso si, ¿si los clientes entendian que ese NO era un precio justo, por que compraban?, esto tiene mucho que ver a parte de con las facilidades de pago que nos dio la banca, con el hecho de que parece que si no tines un ADOSADO, PAREADO, y un gran coche, eres un fracasado en la vida, y nos creimos FALSO RICOS, y a mas facilidades de pago, mas grande (por lo tanto más cara) queriamos la casa.OS CLIENTES, tambien tuvimos mucha culpa, por no ser prudentes, y no pensar en que los intereses eran variables, en ¿que pasarias si perdiamos el trabajo?, en ahorrar, por si venian las vacas flacas.Un saludo Guillermo, y me encanta leerle comentarios prudentes (en casi todo)R. TOLEDO G.