Para que pueda ser publicado su comentario, por favor escriba un nombre de autor
Guía de Isora 10 de Octubre de 2008
Marqueño: “Al controlar el fondo y la forma del negocio, el notario lo introduce en el orden jurídico”
Ayer se inauguró el 10º Congreso Notarial en Guía de Isora
Al controlar el fondo y la forma del negocio, el notario lo introduce en el orden jurídico”, según declaró ayer José Marqueño, presidente del Consejo General del Notariado en la inauguración del 10º Congreso Notarial que del 9 al 11 de octubre tiene lugar en Guía de Isora.

Marqueño manifestó que “la función notarial, surgida desde sus primeros tiempos para dotar de seguridad a las transacciones, ha sabido adaptarse y dar respuesta en cada momento. El notario, hoy igual que siempre, ha de controlar la legalidad o adecuar el negocio a la legalidad; control que trasciende de la mera constatación o verificación de que el acto o contrato realizado no viola ningún texto legal. En una sociedad tan compleja como la actual y en un estado democrático con pluralidad de funciones, el control de legalidad es y debe ser mucho más, puesto que significa introducir el acto o contrato autorizado en la plenitud de la vida jurídica donde pueda cumplir todos sus fines y ayudar a que las demás piezas del sistema jurídico también las cumpla”.

“Esto es lo que el Tribunal Constitucional –prosiguió-  concluye cuando afirma que: la función pública notarial incorpora un juicio de legalidad sobre la forma y el fondo del negocio jurídico que es objeto del instrumento público y cabe afirmar por ello que el deber del notario de velar por la legalidad forma parte de su función como fedatario público”.

José Miguel Ruano, consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias, declaró en la inauguración que “vivimos una gran inseguridad económica y financiera que debe contrastarse con ese marco de seguridad jurídica que nos proporciona la función notarial, que es siempre una garantía para el ciudadano y en un momento de incertidumbre como éste se presenta como imprescindible”.

Por su parte, Honorio Romero, presidente del 10ª Congreso Notarial Español, afirmó que “una crisis como la provocada por las subprime es impensable en un sistema como el nuestro, que ofrece más garantías que el anglosajón y resulta más económico”. 

Primera mesa de debate
Tras la inauguración tuvo lugar la primera mesa redonda de este Congreso, que estuvo centrada en "La Función notarial: asesoramiento y control de legalidad". Durante su intervención, el notario Miguel Ángel Campo Güerri señaló que "el documento notarial es el elemento clave del sistema de seguridad jurídica pues su autor está presente en el momento preciso en que el individuo emite su declaración de voluntad otorgando al documento forma pública y aportando el asesoramiento y el control de legalidad necesarios para que goce de autenticidad formal y pleno reconocimiento por el sistema. Un control de legalidad a posteriori sólo puede ser origen de inseguridades e incertidumbres”.

La libre elección de notario basada en un sistema de aranceles único para toda la profesión y diseñado por el Estado es clave para el buen funcionamiento del modelo. "Si el notario ha de lograr que el instrumento que autorice sea auténtico, formal y materialmente, es imprescindible que entre él y el interesado exista una relación básica de confianza, la cual difícilmente se puede dar si no se cumplen tres premisas: que el otorgante pueda elegir libremente al notario y que éste sea independiente e imparcial. Por ello, el Gobierno debe ser exigente en la aplicación del arancel para garantizar la libre competencia notarial pues ésta no radica en los abaratamientos de coste sino en la calidad del servicio", manifestó Campo Güerri. 

El abogado Santiago Martínez Lage, Socio Director de Howrey Martínez Lage señaló en esta jornada que: "Las afirmaciones que sostienen que la independencia del notario está en entredicho porque la competencia a la que se ve sometido puede llevarle a flojear en la exigencia del control de legalidad no se sostienen. En primer lugar, porque existe un régimen disciplinario –con posibles derivaciones penales- que lo impide; en segundo lugar, porque siempre es posible una reclamación de daños por negligencia profesional". 

Sobre la responsabilidad del notario a efectos penales, el Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pompeu Fabra, Jesús-María Silva Sánchez, señaló que "el notario debe ser considerado funcionario público a los efectos del Derecho Penal; más aún, debe ser considerado autoridad". Sin embargo, para Silva, la percepción que el Derecho Penal Español tiene de los funcionarios públicos "no resulta del todo adecuada porque se halla ceñida a los funcionarios de la “Administración pública” o de la “Administración de justicia”. Los delitos previstos en estos ámbitos no se adaptan a la peculiaridad de la función notarial. Por ello, la neutralización del riesgo de que la naturaleza pública de las funciones notariales se desdibuje debería conducir a una reforma del Código Penal. La tipificación de “Delitos contra el Notariado” cometidos por notarios o por terceros debería formar parte de la anunciada reforma del sistema de seguridad jurídica preventiva". 

Durante el debate, se reclamó la necesaria y urgente delimitación de las funciones del cuerpo registral, superando los excesos en la calificación y enmarcándola en el estricto ámbito de la inscribibilidad de los títulos públicos.