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San Miguel 27 de Febrero de 2009
Abierto el plazo de presentación de solicitudes para las subvenciones destinadas a las Asociaciones del municipio, sin ánimo de lucro
El plazo para la presentación  finalizará el próximo 20 de marzo. El importe total destinado a tal fin, es de 36.400 €
La Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de San Miguel de Abona, ha abierto el plazo de presentación de solicitudes para la convocatoria pública de subvenciones destinadas a las Asociaciones del municipio sin ánimo de lucro, para la realización de actividades sociales, culturales y juveniles, cuyo plazo finaliza el 20 de marzo.

El importe que el consistorio sanmiguelero ha previsto para dicha subvención, asciende a 36.400 €, que serán distribuidos  entre todas las Asociaciones que resulten beneficiarias, tras la evaluación de solicitudes presentadas que llevará a cargo la Comisión de Valoración designada a tal efecto.

Valentín González, máximo responsable municipal, ha comentado que “uno de los objetivos prioritarios del consistorio sanmiguelero, es el fomento de aquellas actividades e iniciativas que contribuyan a promover y difundir distintas manifestaciones socioculturales o al rescate del folclore y de la cultura popular”. El alcalde añade que “por este motivo, consideramos necesario brindar un apoyo económico a aquellas Asociaciones que desarrollen proyectos de divulgación e investigación cultural y que además fomenten la participación ciudadana a través de distintas actividades”.

Las Asociaciones del municipio que deseen optar a esta subvención deberán cumplir con una serie de requisitos como tener  su domicilio social en el municipio y figurar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones así como en el del Gobierno de Canarias.

Las solicitudes deberán presentarse en el Ayuntamiento sanmigulero y contener el justificante que acredite la inscripción de la Asociación en los mencionados Registros, el Proyecto detallado y por separado de cada una de las actividades o programas para los que solicita la subvención expresando el presupuesto de ingresos y de gastos, el presupuesto del presente año, fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal y certificación de la última acta en la que consten los nombres y apellidos de la Junta Directiva designada.

El importe que se conceda a cada Asociación, deberá ser utilizado para cubrir los gastos derivados directamente de la realización de su actividad.